A partir del 1 de enero de 2025 entró en vigor oficialmente la Circular 73/2024 del Ministerio de Seguridad Pública que regula el patrullaje, control y manejo de las infracciones a las leyes sobre orden y seguridad vial por parte de la policía de tránsito (CSGT), que estipula los tipos de documentos que la CSGT está autorizada a verificar al detener vehículos.
En concreto, la policía de tráfico tiene derecho a comprobar los permisos de conducir; los certificados de formación en derecho de tráfico, las licencias o certificados para conducir motocicletas especializadas; los certificados de matriculación de vehículos o copias certificadas de los certificados de matriculación de vehículos con los documentos originales de confirmación de las entidades de crédito o sucursales bancarias extranjeras; los certificados de inspección, los sellos de inspección de seguridad técnica y protección del medio ambiente (para los tipos de vehículos que deben ser inspeccionados); los certificados de seguro obligatorio de responsabilidad civil de los propietarios de vehículos de motor y otros documentos relacionados necesarios según lo prescrito.
Una vez integrada y actualizada la información de los documentos en la cuenta de identificación electrónica de la aplicación de identificación nacional, en la base de datos gestionada y operada por el Ministerio de Seguridad Pública, es posible realizar verificaciones y controles a través de la información contenida en la cuenta de identificación electrónica de la aplicación y la base de datos de identificación nacional. Verificar la información de los documentos en la cuenta de identificación electrónica de la aplicación y la base de datos de identificación nacional es tan válido como verificarlos directamente.
Además, aunque no es un documento directamente relacionado con el vehículo y no es obligatorio, llevar la tarjeta de identificación ciudadana al conducir un vehículo ayuda a identificar con precisión al conductor, especialmente en casos de infracciones de tránsito.
De acuerdo con la Cláusula 2, Artículo 8 de la Circular 73/2024/TT-BCA, las normas sobre el control de las condiciones de los vehículos que participan en el tráfico rodado por parte de la CCSGT son las siguientes: el control se realiza en orden de adelante hacia atrás, de izquierda a derecha, de afuera hacia adentro, de arriba hacia abajo.
El contenido de la inspección incluye: forma, dimensiones externas, color de la pintura, matrícula; condiciones técnicas de seguridad y protección del medio ambiente de los vehículos de motor y motocicletas especiales; equipo de seguimiento de viaje, equipo de registro de imágenes del conductor de acuerdo con la normativa.
Los usuarios de la carretera deben actualizar periódicamente la información de las autoridades y asegurarse de que los documentos necesarios sean siempre válidos y fácilmente accesibles cuando se necesiten.
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Fuente: https://baohaiduong.vn/nhung-loai-giay-to-canh-sat-giao-thong-co-quyen-kiem-tra-khi-dung-xe-tu-nam-2025-402958.html
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