Para solicitar un número de placa de identificación en línea, las personas deben seguir los pasos que se indican en el artículo siguiente.
El registro de matrículas de vehículos se realizará en línea a partir del 15 de agosto.
El artículo 3, cláusula 10, de la Circular 24/2023/TT-BCA estipula los principios de matriculación de vehículos de la siguiente manera:
La declaración de matriculación vehicular se realiza en el Portal Nacional de Servicio Público o en el Portal de Servicio Público del Ministerio de Seguridad Pública (en adelante, el portal de servicio público). Los propietarios de vehículos utilizan el código de archivo declarado en el portal de servicio público para completar los trámites de matriculación.
En caso de que no pueda realizarse en el portal de atención al público por falta de datos electrónicos o errores técnicos, el titular del vehículo deberá declarar y realizar el trámite directamente en la oficina de matriculación de vehículos.
Instrucciones sobre cómo registrarse para obtener una placa de identificación en línea
Para solicitar una placa de identificación en línea, las personas deben seguir estos pasos:
- Paso 1: Acceda al Portal Nacional de Servicio Público en https://dichvucong.gov.vn/p/home/dvc-trang-chu.html
- Paso 2: Seleccione iniciar sesión si ya tiene una cuenta o seleccione registrarse si no tiene una cuenta.
- Paso 3: Inicie sesión con uno de los siguientes tipos de cuenta: Cuenta del portal de servicio público nacional, cuenta de identificación electrónica,...
- Paso 4: Ingrese la palabra clave “Matrícula del vehículo” luego haga clic en el signo de búsqueda.
- Paso 5: Seleccione “Registrar y emitir matrícula por primera vez (a nivel provincial)”
- Paso 6: Seleccione “Enviar en línea”
Paso 7: Seleccione la información e ingrese la información requerida. Luego, seleccione "Buscar información del vehículo".
- Paso 8: Después de buscar la información del vehículo, las personas continúan con el paso de Declarar información y Enviar declaración.
¿Dónde matricular el coche?
*Matrícula del vehículo en la Dirección General de Policía de Tránsito:
El Departamento de Policía de Tránsito registra los vehículos del Ministerio de Seguridad Pública; los automóviles de las agencias y organizaciones especificadas en el Apéndice No. 01 emitido con la Circular 24/2023/TT-BCA; los automóviles de las misiones diplomáticas , oficinas de representación de organizaciones internacionales en Vietnam y los automóviles de extranjeros que trabajan en esas agencias.
* Matrícula del vehículo en el Departamento de Policía de Tránsito:
El Departamento de Policía de Tránsito registra los siguientes tipos de vehículos (excepto los tipos de vehículos especificados en la Cláusula 1, Artículo 4 de la Circular 24/2023/TT-BCA):
- Automóviles, tractores, remolques, semirremolques y vehículos con estructuras similares a los automóviles (en adelante, automóviles) de organizaciones e individuos con sede o residencia en distritos o ciudades bajo administración central; ciudades, condados y localidades bajo provincias donde tiene su sede el Departamento de Policía de Tránsito;
- Automóviles matriculados con matrículas premiadas en subasta; matriculación por primera vez de vehículos confiscados según la ley y motocicletas con cilindrada de 175 cm3 o más de organizaciones locales y particulares;
- Automóviles, motocicletas, ciclomotores (incluidas las motocicletas eléctricas) y vehículos de estructura similar a las motocicletas (en adelante, motocicletas) de organizaciones y personas extranjeras, incluidas las agencias consulares locales.
*Matrícula de vehículos en la Policía Distrital:
La policía de distritos, pueblos y ciudades bajo provincias y ciudades administradas centralmente (en adelante, la policía a nivel de distrito) registra los siguientes tipos de vehículos: automóviles y motocicletas de organizaciones nacionales y personas con sede y residencia en la localidad (excepto los tipos de vehículos especificados en la Cláusula 1, Cláusula 2, Cláusula 4, Artículo 4 de la Circular 24/2023/TT-BCA).
*Matrícula del vehículo en la comisaría municipal:
La policía de los municipios, distritos y ciudades (en adelante, la policía de nivel comunal) realizará el registro de vehículos (excepto en los casos especificados en los apartados 1 y 2 del artículo 4 de la Circular 24/2023/TT-BCA) de la siguiente manera:
- La policía municipal de los distritos y pueblos de las ciudades de administración central registra las motocicletas de las organizaciones y personas nacionales con sede y residencia en la localidad;
- La policía a nivel comunal de los distritos, pueblos y ciudades bajo la provincia (con excepción de la policía a nivel comunal donde tienen su sede el Departamento de Policía de Tránsito, la Policía de Distrito, Pueblo y Ciudad) con un número de nuevas matriculaciones de 150 vehículos/año o más (promedio en los últimos 3 años) deberá registrar las motocicletas de organizaciones y personas nacionales con sede y residencia en la localidad.
Para áreas específicas, con base en la situación real del número de vehículos registrados, la naturaleza del área y la distancia geográfica, el Director del Departamento de Policía Provincial acordará con el Departamento de Policía de Tránsito para decidir sobre el registro de vehículos de la siguiente manera:
- En las comunas con menos de 150 motocicletas nuevas matriculadas por año, la policía a nivel comunal registrará directamente los vehículos o asignará a la policía de distrito, pueblo, ciudad o comuna que haya sido asignada para registrar los vehículos para organizar el registro de vehículos en grupos;
- En el caso de las comunas con un número de vehículos que exceda la capacidad de registro de la policía a nivel comunal, además de que la policía a nivel comunal registre directamente los vehículos, la policía de distrito, pueblo, ciudad y comuna adyacente que haya sido asignada para registrar vehículos puede ser asignada para apoyar la organización del registro de vehículos en grupos para organizaciones nacionales e individuos con sede y residencia en el área.
La agencia de matriculación de vehículos es responsable de garantizar instalaciones y lugares convenientes para recibir y procesar los registros y trámites de matriculación de vehículos, y de priorizar la recepción y el procesamiento de los trámites de matriculación de vehículos en el portal de servicio público. La oficina de matriculación de vehículos debe contar con un mapa, un horario de recepción de ciudadanos, una placa con el nombre del oficial de matriculación de vehículos, un lugar para sentarse, un lugar para estacionar, un buzón de sugerencias y publicar las normas sobre los procedimientos de matriculación de vehículos, las tarifas de matriculación, las infracciones y las sanciones por incumplimiento de las normas de matriculación de vehículos.
(Artículo 4 Circular 24/2023/TT-BCA)
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