En el proyecto de la nueva Ley del Profesorado se regulan de manera completa las regulaciones sobre políticas salariales, asignaciones y apoyos al profesorado, en la dirección de incrementar políticas preferenciales para que los docentes puedan trabajar con tranquilidad.
El Ministerio de Educación y Formación informó que el proyecto de Ley del Personal Docente, presentado a la Asamblea Nacional para su primera consideración en la VIII Sesión de la XV Asamblea Nacional, incluye 9 capítulos, 50 artículos y muchos puntos nuevos.
Regular plenamente la política salarial y aumentar los beneficios docentes
En el nuevo borrador, se regulan completamente las políticas salariales, las asignaciones y el apoyo al profesorado, con el objetivo de aumentar las políticas preferenciales para que el profesorado pueda trabajar con tranquilidad. En concreto:
Los salarios de los docentes en las instituciones educativas públicas ocupan los puestos más altos en el sistema de escala salarial administrativa y de carrera; las asignaciones preferenciales y otras prestaciones dependen de la naturaleza del trabajo y la región, según lo prescrito por la ley.
Los maestros de preescolar; los maestros que trabajan en zonas particularmente difíciles, como áreas de minorías étnicas, áreas montañosas, áreas costeras e islas; los maestros de escuelas especializadas y otras escuelas especializadas; los maestros que implementan educación inclusiva; los maestros que pertenecen a minorías étnicas y los maestros de ciertas profesiones específicas tienen prioridad en términos de salario y subsidios en comparación con otros maestros.
Los docentes reclutados y clasificados por primera vez serán clasificados en un nivel salarial más alto en el sistema de escala salarial de la carrera administrativa.
Se garantiza que los sueldos y políticas salariales de los docentes de instituciones educativas no públicas no serán inferiores a los sueldos y políticas salariales de los docentes de instituciones educativas públicas con el mismo nivel de formación y el mismo título, a menos que se acuerde lo contrario.
Los docentes que trabajan en sectores y campos con políticas especiales tienen derecho a políticas especiales de acuerdo con la reglamentación y solo tienen derecho al nivel más alto si esa política coincide con la política para docentes.
Algunas políticas de apoyo y atracción para los docentes se están implementando de manera estable de acuerdo con las directrices de los documentos sub-legales y están incluidas en el proyecto de ley para aumentar la efectividad legal y garantizar la estabilidad en las políticas para los docentes.
Normativa sobre la edad de jubilación del profesorado en función de su actividad profesional
Según el proyecto, los docentes de escuelas preescolares podrán jubilarse a una edad inferior, pero no más de cinco años antes de lo establecido en la normativa, y no se les descontará su tasa de pensión por jubilación anticipada.
Los docentes con título de catedrático, profesor asociado o doctor, así como los docentes que trabajan en campos y sectores especializados, tienen derecho a jubilarse a una edad más avanzada. Esta jubilación se otorga cuando la institución educativa lo requiere, el docente goza de buena salud y es voluntario.
Al jubilarse a una edad avanzada, los docentes no ocupan puestos de liderazgo ni de gestión, ni pueden conservar las prestaciones por liderazgo. La jornada laboral al jubilarse a una edad avanzada no supera los 5 años para los docentes con doctorado, los 7 años para los docentes con título de profesor asociado y los 10 años para los docentes con título de catedrático.
El Ministerio de Educación y Formación explicó que la política de jubilación está diseñada específicamente para atender las características de las actividades profesionales, promoviendo al mismo tiempo la inteligencia y la experiencia de los docentes.
Una de las novedades importantes del proyecto de Ley sobre el Personal Docente es dar al sector educativo la iniciativa en el reclutamiento y utilización de docentes.
En el cual, el Ministerio de Educación y Capacitación y el Ministerio de Trabajo, Inválidos de Guerra y Asuntos Sociales son los organismos encargados de elaborar estrategias, proyectos, planes de desarrollo y dotación total de docentes bajo su autoridad de gestión para someterlos a las autoridades competentes para decisión; promulgar criterios y normas de reclutamiento, contenido de la práctica pedagógica en el reclutamiento/examen de docentes; y coordinar la dotación de docentes en las instituciones educativas públicas de acuerdo con el número asignado por las autoridades competentes.
Las agencias de gestión educativa toman la iniciativa (o delegan en las instituciones educativas) en el reclutamiento, la movilización, la organización, la evaluación y el nombramiento de los docentes.
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Fuente: https://daidoanket.vn/tang-tien-luong-chinh-sach-dai-ngo-voi-nha-giao-10293056.html
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