El 14 de diciembre, el Ministerio de Finanzas emitió el Despacho Oficial No. 13834/BTC-TCDT a la Oficina Gubernamental informando sobre los trabajos de reserva de petróleo.
Según el Ministerio de Finanzas , el organismo que administre las reservas nacionales de petróleo debe ser un organismo con capacidad, experiencia y profesionalismo; y tener la función de gestión estatal de la industria y del campo.
Respecto a la propuesta del Ministerio de Industria y Comercio de proponer al Gobierno transferir la tarea de administrar la reserva nacional de petróleo del Ministerio de Industria y Comercio al Ministerio de Finanzas en el período 2024 - 2025, el Ministerio de Finanzas dijo que de acuerdo con las disposiciones del Artículo 8, Artículo 21 de la Ley de Reservas Nacionales; Cláusula 1, Artículo 7 del Decreto No. 94/2013/ND-CP; Artículo 1 del Decreto No. 128/2015/ND-CP que modifica y complementa el Decreto No. 94/2013/ND-CP, el Ministerio de Industria y Comercio está asignado por el Gobierno para administrar la reserva nacional de petróleo, y el Ministerio de Finanzas es responsable de la gestión estatal del sector de la reserva nacional.
Además, el petróleo es un producto especial, inflamable, tóxico y un negocio condicional; el almacenamiento, transporte, compra, venta, importación y exportación deben cumplir con estrictas normas técnicas; los tanques de petróleo, los sistemas de tuberías y los medios de transporte deben ser especializados y específicos.
Con base en las funciones, tareas y competencias asignadas, el Ministerio de Industria y Comercio es el organismo designado por el Gobierno para ejercer la función de gestión estatal de la industria y el comercio, incluyendo sectores como la electricidad, el carbón, el petróleo y el gas, la energía, etc.
Por tanto, el organismo que administre las reservas nacionales de petróleo debe ser un organismo competente, profesional y técnico con la función de gestión estatal de la industria y del campo.
Según el Ministerio de Finanzas, la asignación por parte del Gobierno al Ministerio de Industria y Comercio de la gestión de las reservas nacionales de petróleo es coherente con sus funciones, tareas, capacidad y las condiciones reales del aparato de gestión del Ministerio de Industria y Comercio.
En caso de que el Ministerio de Industria y Comercio proponga modificar las disposiciones del Decreto No. 94/2013/ND-CP para transferir la reserva nacional de petróleo del Ministerio de Industria y Comercio al Ministerio de Finanzas para su gestión, el Ministerio de Finanzas solicita al Ministerio de Industria y Comercio que evalúe cuidadosamente la base legal, las ventajas, las desventajas, las soluciones y la hoja de ruta de implementación para tener una base para informar a las autoridades competentes para su consideración y decisión.
El Ministerio de Industria y Comercio no compra ni compensa reservas nacionales de petróleo
En cuanto a la solución de las dificultades y problemas en la preservación de las reservas nacionales de petróleo, según el Ministerio de Finanzas, desde que se promulgó la Ley de Reserva Nacional en 2012 (vigente a partir del 1 de julio de 2013), el Ministerio de Industria y Comercio ha preservado las reservas nacionales de petróleo junto con el petróleo comercial bajo contratos de preservación y apéndices a contratos de preservación firmados con 4 empresas.
El Ministerio de Industria y Comercio no selecciona empresas de almacenamiento de acuerdo con las disposiciones de los artículos 51, 52 y 53 de la Ley de Reservas Nacionales; los artículos 13 y 15 de la Decisión No. 16/2020/QD-TTg del Primer Ministro que promulga regulaciones sobre la gestión de las reservas nacionales de petróleo y el artículo 4 de la Circular No. 172/2013/TT-BTC del Ministerio de Finanzas sobre regulaciones sobre el almacenamiento de bienes de reserva nacional.
Cada año (de 2014 a 2022), el Ministerio de Industria y Comercio trasladará a través de anexos contractuales los contratos de almacenamiento firmados en 2014 para almacenar las reservas nacionales de petróleo; en 2023, no se ha firmado ningún contrato para almacenar las reservas nacionales de petróleo.
Respecto a la importación y exportación de petróleo de reserva nacional, el Ministerio de Finanzas indicó que desde que se promulgó la Ley de Reserva Nacional en 2012, el Ministerio de Industria y Comercio no ha desarrollado ni implementado compras incrementadas, compras adicionales o compras compensatorias de petróleo de reserva nacional.
La gasolina de reserva nacional nunca se ha utilizado para la exportación según las disposiciones de la Ley de Reserva Nacional; solo ventas (14.751 m3 de queroseno de reserva nacional en 2012), exportación para conversión (121.435 m3 de diésel 0,25%S convertido a diésel 0,05%S en la reserva nacional en 2015), y exportación para pérdida (anualmente según la norma).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley de Reservas Nacionales, el Ministerio de Industria y Comercio es responsable de elaborar un plan de intercambio rotatorio de bienes y enviarlo al Ministerio de Finanzas para su síntesis y presentación al Primer Ministro para su decisión e implementación durante el año de planificación.
Cada año, el Primer Ministro no aprueba el plan para rotar el intercambio del petróleo de reserva nacional porque el petróleo de reserva nacional es almacenado por el Ministerio de Industria y Comercio junto con el petróleo para fines comerciales de las empresas; el tiempo de almacenamiento y la cantidad real de petróleo de reserva nacional que se rota para el intercambio no se pueden determinar (el petróleo de reserva nacional se almacena en el mismo tanque que el petróleo para fines comerciales, por lo que la importación y exportación de petróleo se realiza de acuerdo con el plan comercial de las empresas, y generalmente ocurre a diario).
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