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La Comisión Permanente de la Asamblea Nacional se pronuncia sobre el proyecto de ordenanza sobre costas procesales.

Người Đưa TinNgười Đưa Tin13/12/2023

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Continuando con la 28ª sesión, en la tarde del 13 de diciembre, la Comisión Permanente de la Asamblea Nacional (CNA) emitió opiniones sobre el proyecto de Ordenanza sobre Costas Litigantes.

Al presentar la propuesta sobre la Ordenanza de Costas de Litigios, el Vicepresidente del Tribunal Popular Supremo, Nguyen Van Tien, dijo que el propósito de desarrollar la ordenanza es crear una base legal sincrónica y unificada para la aplicación de la ley sobre costas de litigios.

Superar las dificultades y obstáculos en la práctica; garantizar procedimientos simples y convenientes para cobrar y pagar los costos de litigio; servir a la resolución oportuna y efectiva de casos y asuntos; garantizar los derechos e intereses legítimos de agencias, organizaciones e individuos; contribuir a mejorar la calidad y eficacia de la resolución de casos y asuntos por parte del Tribunal y las agencias de litigio.

Diálogo - La Comisión Permanente de la Asamblea Nacional se pronuncia sobre el proyecto de Ordenanza sobre Costas Procesales

El Vicepresidente del Tribunal Popular Supremo, Nguyen Van Tien, presentó la propuesta sobre la Ordenanza sobre Costas Litigantes.

El desarrollo de la Ordenanza se lleva a cabo de acuerdo con los puntos de vista rectores, institucionalizando completa y prontamente las directrices, líneas y políticas del Partido sobre la reforma judicial, perfeccionando la ley de costas procesales; asegurando la constitucionalidad, legalidad, coherencia y unidad del sistema jurídico; asegurando la viabilidad y la adecuación a las condiciones económicas y sociales.

Además, heredar las reglamentaciones pertinentes, modificar las reglamentaciones inadecuadas, añadir nuevas cuestiones para superar las dificultades prácticas y las deficiencias, en línea con los compromisos en los tratados internacionales pertinentes de los que Vietnam es miembro, garantizar la determinación completa y clara de los costos de litigio, procedimientos simples para cobrar y pagar los costos de litigio, conveniente para que las agencias, organizaciones e individuos ejerzan sus derechos y obligaciones.

El proyecto de Ordenanza consta de 92 artículos y 13 capítulos. En cuanto a su alcance, estipula las costas procesales en los procedimientos civiles, administrativos y penales, así como en el procedimiento para considerar y decidir el ingreso de personas con drogodependencia de entre 12 y 18 años a centros de rehabilitación obligatoria; aplicando las medidas de tramitación administrativa prescritas en el Código de Procedimiento Penal, el Código de Procedimiento Civil, la Ley de Procedimiento Administrativo, las Ordenanzas n.º 01 y n.º 03.

En cuanto a la exención y reducción de los costos de revisión y tasación in situ, el proyecto de Ordenanza hereda básicamente las disposiciones sobre exención y reducción de los costos de tasación de la Ordenanza n.º 02, pero añade una exención y reducción de los costos de revisión y tasación in situ similares a los de tasación; añade una serie de sujetos exentos (personas mayores, personas con discapacidad, personas con contribuciones revolucionarias, etc.); modifica el supuesto de reducción para incluir a las personas que se encuentren en circunstancias de fuerza mayor que les impidan pagar. La incorporación de estas disposiciones demuestra la política humanitaria del Estado, garantizando el derecho a interponer una demanda a los sujetos que participan en los procedimientos.

En cuanto a los costos específicos de los litigios, el proyecto de Ordenanza estipula los costos de examen y valoración in situ, los costos de valoración de activos, los costos de valoración, los costos de los jurados, los costos de los abogados, asistentes legales y defensores populares en los casos en que el Tribunal designe un abogado defensor o un representante, los costos de los testigos, testigos, costos de los intérpretes y traductores, los costos de emisión, notificación y traslado de documentos del litigio, los costos de encomienda judicial en el extranjero y otros costos del litigio.

El contenido del proyecto de Ordenanza garantiza la coherencia con los puntos de vista, políticas y directrices del Partido y las políticas del Estado sobre la construcción de un estado de derecho socialista, la reforma judicial y la reforma de la política salarial.

Diálogo - La Comisión Permanente de la Asamblea Nacional emite opinión sobre el proyecto de Ordenanza sobre Costas Litigantes (Figura 2).

La presidenta del Comité Judicial de la Asamblea Nacional, Le Thi Nga, informa sobre la investigación.

Al presentar el informe de revisión, la Presidenta del Comité Judicial de la Asamblea Nacional, Le Thi Nga, dijo que el Comité Judicial estuvo de acuerdo con la necesidad de emitir la Ordenanza sobre Costas de Litigios por las razones expuestas en la Presentación del Tribunal Popular Supremo, con el fin de implementar las disposiciones del Artículo 169 del Código de Procedimiento Civil, el Artículo 370 de la Ley de Procedimiento Administrativo y eliminar las dificultades en la implementación práctica del Código de Procedimiento Penal sobre las costas de litigio, contribuyendo significativamente a garantizar las condiciones para que las actividades de litigio se lleven a cabo con prontitud y eficacia.

El Comité Judicial consideró que el proyecto de Ordenanza seguía de cerca las políticas y directrices del Partido sobre la reforma judicial, garantizando la constitucionalidad, la legalidad y la coherencia básica con las leyes y ordenanzas pertinentes.

Sin embargo, se recomienda que el organismo redactor continúe revisando y evaluando cuidadosamente las disposiciones del proyecto, especialmente las disposiciones sobre los tipos de costos de remuneración para los litigantes y los niveles de gastos para asegurar la coherencia con la política de reforma de la política salarial establecida en la Resolución No. 27 del Comité Central del Partido sobre la reforma de la política salarial.

En cuanto al proyecto de Ordenanza, el Comité Judicial considera que se ha elaborado con rigor y que cumple en esencia con los requisitos de la Ley de Promulgación de Documentos Jurídicos. Sin embargo, es necesario añadir las opiniones del Gobierno sobre la Lista de costes de remuneración y asignaciones judiciales emitida junto con la Ordenanza. Asimismo, es necesario completar el Informe de Evaluación de Impacto, especialmente en lo que respecta a los recursos para la implementación y las condiciones para garantizar la aplicación de las nuevas regulaciones .


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