Su pregunta se recomienda de la siguiente manera:
* De acuerdo con las disposiciones de la Ley de Protección Ambiental de 2020, Decreto 08/2022/ND-CP, la tasa de reciclaje obligatoria es la proporción mínima de la masa de productos y envases que deben reciclarse según las normas de reciclaje obligatorias respecto a la masa total de productos y envases producidos, comercializados e importados en el año de implementación de la responsabilidad. La tasa de reciclaje obligatoria de cada tipo de producto y envase se determina en función del ciclo de vida, la tasa de eliminación, la tasa de recolección del producto y el envase, los objetivos nacionales de reciclaje, los requisitos de protección ambiental y las condiciones socioeconómicas de cada período.
La tasa de reciclaje obligatoria se ajusta cada tres años para aumentar gradualmente y cumplir con los objetivos nacionales de reciclaje y los requisitos de protección ambiental. El Primer Ministro la ajusta y la publica el 30 de septiembre del último año del ciclo trienal para que se aplique al siguiente ciclo trienal.
Los fabricantes e importadores pueden reciclar los productos y embalajes que producen o importan, o reciclar productos y embalajes del mismo tipo producidos o importados por otros fabricantes e importadores para alcanzar la tasa de reciclaje requerida. El reciclaje de chatarra importada como materia prima para la producción no está incluido en la tasa de reciclaje requerida para fabricantes e importadores. En caso de que los fabricantes e importadores reciclen a una tasa superior a la requerida, la diferencia se reserva para incluirse en la tasa de reciclaje requerida de los años siguientes.
Asimismo, de acuerdo con la normativa, se seleccionan soluciones de reciclaje con estándares obligatorios, con requisitos mínimos sobre la cantidad de materiales y combustible recuperados para el reciclaje de productos y envases. Los fabricantes e importadores pueden elegir una o más soluciones de reciclaje que se adapten a las condiciones reales.
* Para productos con cámara y neumáticos.
Según la normativa, la tasa de reciclaje obligatoria durante los 3 primeros años de neumáticos y cámaras es del 5%.
El estándar para el reciclaje de neumáticos y cámaras es: se recupera al menos el 40% de la masa del producto y el embalaje se recicla de acuerdo con la tasa de reciclaje requerida.
Las soluciones de reciclaje seleccionadas incluyen: Pegado de neumáticos de alta tecnología según los estándares del fabricante; Corte y recuperación de polvo de caucho como agregado; Destilación en aceite.
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