Instrucciones para el último procedimiento de transferencia de propiedad de un vehículo traspasado a varias personas. (Fuente: TVPL) |
El 1 de julio de 2023, el Ministro de Seguridad Pública emitió la Circular 24/2023/TT-BCA que regula la emisión y revocación de matrículas y placas de vehículos motorizados.
1. Procedimientos para transferir la propiedad de un vehículo que ha sido transferido a varias personas
En concreto, el artículo 31 de la Circular 24/2023/TT-BCA estipula el procedimiento para registrar la transferencia de propiedad de vehículos para vehículos que hayan transferido su propiedad a varias organizaciones e individuos de la siguiente manera:
- Las organizaciones y personas que utilicen el vehículo deben acudir a la agencia que gestiona los registros de registro del vehículo para llevar a cabo el procedimiento de retiro y registrar el cambio de nombre del vehículo en la agencia de registro del vehículo donde tienen su sede o residen según lo prescrito en el Artículo 4 de la Circular 24/2023/TT-BCA; en caso de que la agencia que gestiona los registros sea también la agencia que maneja el registro del cambio de nombre del vehículo, no tienen que llevar a cabo el procedimiento de retiro.
- Documentos y procedimientos para el desistimiento
Las organizaciones y personas que utilicen vehículos deberán acudir al organismo que gestiona los registros de matriculación de vehículos para presentar la documentación y realizar los trámites de retirada de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 14 y 15 de la Circular 24/2023/TT-BCA.
- Documentos y trámites para la matriculación y transferencia de vehículos
Las organizaciones y personas físicas deberán presentar los documentos especificados en el artículo 10 de la Circular 24/2023/TT-BCA y presentar los siguientes documentos:
+ Certificado de matriculación del vehículo, en el que conste claramente el proceso de compraventa y el compromiso, responsabilizándose del origen legal del vehículo;
+ Documentos de transferencia de propiedad del vehículo del propietario del vehículo y documentos de transferencia de propiedad del vehículo del último vendedor (si los hubiera);
+ Documentos de pago de derechos de inscripción según lo establecido en la Cláusula 3, Artículo 11, Circular 24/2023/TT-BCA;
+ Certificado de revocación de matrícula y de placa del vehículo (con copia del número de motor y del número de chasis adheridos y sello del organismo de matriculación del vehículo en la copia del número de motor y del número de chasis).
En caso de que la agencia que gestiona los registros del vehículo sea también la agencia que gestiona la transferencia del registro del vehículo, la organización o individuo que utiliza el vehículo deberá presentar el certificado de registro del vehículo y la placa de matrícula en lugar del certificado de revocación del registro y la placa de matrícula.
- Responsabilidades de la agencia de matriculación de vehículos
+ En caso de que una organización o individuo utilice un vehículo con un documento de transferencia de propiedad del propietario del vehículo y un documento de transferencia de propiedad del vehículo del último vendedor: Dentro de los 2 días hábiles a partir de la fecha de recepción de un perfil de vehículo completo y válido, la autoridad de registro de vehículos emitirá una decisión para imponer una sanción por no llevar a cabo los procedimientos de recuperación según lo prescrito y registrar el cambio de nombre del vehículo según lo prescrito en el Artículo 15 de la Circular 24/2023/TT-BCA;
+ En caso de que una organización o individuo utilice un vehículo sin el documento de transferencia de propiedad del propietario del vehículo y el documento de transferencia de propiedad del vehículo del último vendedor: La autoridad de registro de vehículos emitirá una designación válida para usar el vehículo por 30 días.
Dentro de los 02 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la solicitud de transferencia de registro de vehículo, la agencia de registro de vehículos debe enviar un aviso al propietario del vehículo y a la agencia de registro de vehículos que registró el vehículo; publicar el recibo de los documentos de solicitud de registro de organizaciones e individuos en la sede de la agencia de registro de vehículos; buscar y verificar el archivo de vehículos robados y los datos de registro del vehículo.
Después de 30 días, si no hay disputa o queja, la autoridad de registro de vehículos emitirá una decisión para imponer una sanción por no completar el procedimiento de revocación del vehículo y resolverá la transferencia del registro del vehículo de acuerdo con las disposiciones del Artículo 15 de la Circular 24/2023/TT-BCA.
- Responsabilidades de las unidades que gestionan bases de datos de vehículos robados y vehículos con evidencia
Dentro de los 07 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud de verificación de la autoridad de registro de vehículos, la unidad que gestiona los datos y evidencias de vehículos robados deberá responder por escrito a la autoridad de registro de vehículos.
2. Casos relacionados con el número de motor y el número de chasis del vehículo
Los casos relacionados con los números de motor y de chasis de los vehículos están regulados en el artículo 30 de la Circular 24/2023/TT-BCA de la siguiente manera:
- Los vehículos no registrados o registrados con números de motor o de chasis cortados, soldados, perforados, modificados o borrados; las resoluciones de decomiso que no registren números de motor o de chasis o que indiquen "desconocido", "número desconocido" o "sin número" no se procesarán para el registro del vehículo.
- Vehículos importados, de fabricación y ensamblaje nacional que no se encuentren matriculados:
+ En caso de que el vehículo solo tenga un número de VIN, sin un número de motor o número de chasis, la autoridad de registro del vehículo volverá a sellar el número de chasis de acuerdo con el número de VIN y volverá a sellar el número de motor de acuerdo con el número de placa de matrícula;
+ En los vehículos con números de motor y de chasis en el Etekét, números escritos con pintura o láser, números borrosos, oxidados o corroídos debido al impacto ambiental, la autoridad de matriculación del vehículo volverá a estampar los números de motor y de chasis de acuerdo con los números escritos en el certificado de origen especificado en el punto a, punto b, cláusula 1, artículo 11 de la Circular 24/2023/TT-BCA;
+ Los vehículos con números de motor y chasis que hayan sido estampados con errores técnicos y tengan una confirmación escrita del fabricante, se registrarán y se volverán a sellar los números de motor y chasis de acuerdo con el número de placa; para los vehículos importados, la confirmación escrita del fabricante extranjero deberá ser consularizada;
+ Los vehículos con números de motor y de chasis superpuestos y la conclusión de la evaluación de que los números de motor y de chasis son originales, se procesarán para el registro del vehículo.
- En caso de reemplazar el conjunto motor, bloque motor o conjunto bastidor sin número, estampar el número de motor y el número de bastidor de acuerdo con el número de placa del vehículo.
- Los vehículos que hayan sido matriculados pero durante su uso el número de motor y el número de chasis estén corroídos, borrosos, oxidados o se hayan perdido uno o más caracteres y el organismo de valoración concluya que el número de motor y el número de chasis son originales, se volverá a estampar el número de acuerdo con el número que conste en el certificado de origen según lo prescrito en la Cláusula 1, Artículo 11 de la Circular 24/2023/TT-BCA.
Los vehículos confiscados conforme a la ley tienen números de motor, de chasis o de motor, o de chasis soldados, cortados, cincelados o borrados, y no se pueden identificar los números originales. Si se cumplen las condiciones para la matriculación del vehículo para la circulación, y antes de la confiscación, la agencia encargada de la gestión de los activos solicitará a la Policía de Tráfico local que coordine y organice la reimpresión de los números de motor y de chasis, de acuerdo con los siguientes principios:
Serie del código de registro local, año, número de minutos de detención temporal de los elementos de prueba, medios de infracción administrativa, certificado de práctica;
La decisión de confiscación o el acta de confiscación registrada de acuerdo con el número de motor y el número de chasis ha sido sellada por el Departamento de Policía de Tráfico de acuerdo con el principio de la Cláusula 5, Artículo 30 de la Circular 24/2023/TT-BCA, junto con la decisión de sellar el número de motor y el número de chasis es la base para procesar el registro del vehículo (la copia del número de motor y el número de chasis después del sellado debe adherirse a la decisión de sellar el número de motor y el número de chasis).
- En todos los casos, la reestampación de los números de motor y de chasis según lo prescrito en los puntos a, b, c, apartado 2, apartado 3, apartado 4, apartado 5 del artículo 30 de la Circular 24/2023/TT-BCA deberá ser realizada por la autoridad de matriculación de vehículos.
La Circular 24/2023/TT-BCA entra en vigor a partir del 15 de agosto de 2023, reemplazando a la Circular 58/2020/TT-BCA.
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