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Últimos procedimientos de examen y tratamiento médico del seguro de salud

Báo Quốc TếBáo Quốc Tế24/10/2023

¿Podría decirme cuál es la normativa vigente sobre exámenes y tratamientos médicos en el seguro médico ? - Lector Nhat Hao
Thủ tục khám chữa bệnh bảo hiểm y tế mới nhất
Exámenes y tratamientos médicos más recientes de seguros médicos. (Fuente: TVPL)

El 19 de octubre, el Gobierno emitió el Decreto 75/2023/ND-CP que modifica y complementa una serie de artículos del Decreto 146/2018/ND-CP y detalla y orienta las medidas para implementar una serie de artículos de la Ley de Seguro de Salud.

Últimos procedimientos de examen y tratamiento médico del seguro de salud

En concreto, el artículo 15 del Decreto 146/2018/ND-CP, modificado por el Decreto 75/2023/ND-CP, estipula los procedimientos de examen y tratamiento médico en el marco del seguro de salud de la siguiente manera:

(1) Al solicitar un examen o tratamiento médico, los participantes del seguro de salud deben presentar una tarjeta de seguro de salud con fotografía o una tarjeta de identificación ciudadana; en caso de presentar una tarjeta de seguro de salud sin fotografía, también deben presentar uno de los siguientes documentos de identificación con fotografía emitidos por una autoridad u organización competente, o un certificado emitido por la policía a nivel comunal, u otros documentos certificados por la institución educativa donde se gestiona el estudiante;

Otros documentos de identidad legal o documentos de identificación electrónica de nivel 2 según lo prescrito en el Decreto 59/2022/ND-CP.

(2) Los niños menores de 6 años que vengan para un examen o tratamiento médico sólo necesitan presentar su tarjeta de seguro médico.

En caso de que al niño no se le haya expedido una tarjeta de seguro de salud, se deberá presentar una copia del certificado de nacimiento o acta de nacimiento; en caso de que se requiera tratamiento inmediatamente después del nacimiento sin certificado de nacimiento, el jefe del centro de examen y tratamiento médico y el padre, la madre o el tutor del niño deberán firmar la confirmación en el historial médico como base para el pago de acuerdo con lo dispuesto en la Cláusula 1, Artículo 27 del Decreto 146/2018/ND-CP y ser responsables de esta confirmación.

(3) Los participantes del seguro de salud, mientras esperan la reemisión o el cambio de sus tarjetas de seguro de salud, cuando vengan a ver a un médico o recibir tratamiento médico, deben presentar un documento de cita para la reemisión o el cambio de sus tarjetas de seguro de salud emitido por la agencia de seguro social o una organización o individuo autorizado por la agencia de seguro social para recibir solicitudes de reemisión o cambio de tarjetas de acuerdo con el Formulario No. 4 del Apéndice emitido con el Decreto 146/2018/ND-CP y un tipo de documento que acredite la identidad de esa persona.

(4) Quien haya donado una parte del cuerpo para someterse a un examen y tratamiento médico deberá presentar los documentos especificados en los apartados (1) o (3). En caso de que se requiera tratamiento inmediatamente después de la donación, el responsable del centro de examen y tratamiento médico donde se extrajo la parte del cuerpo y el paciente o su familiar deberán firmar la constancia en el historial médico como base para el pago, de acuerdo con lo dispuesto en la Cláusula 2, Artículo 27 del Decreto 146/2018/ND-CP, y serán responsables de dicha constancia.

(5) En caso de derivación para examen y tratamiento médico, el asegurado debe presentar el registro de derivación del centro de examen y tratamiento médico y el formulario de derivación, según el Formulario n.° 6 del Anexo del Decreto 146/2018/ND-CP. Si el formulario de derivación es válido hasta el 31 de diciembre, pero el período de tratamiento no ha finalizado, podrá utilizarse hasta la finalización del mismo.

En caso de reexamen a solicitud de tratamiento, los participantes del seguro de salud deben tener un documento de cita de reexamen del centro de examen y tratamiento médico de acuerdo con el Formulario No. 5 del Apéndice emitido con el Decreto 146/2018/ND-CP.

(6) En caso de emergencia, los asegurados podrán solicitar un examen y tratamiento médico en cualquier centro de examen y tratamiento médico, y deberán presentar los documentos especificados en (1), (2) o (3) antes de recibir el alta hospitalaria. Una vez finalizada la fase de emergencia, el centro de examen y tratamiento médico trasladará al paciente a otro departamento o sala de tratamiento dentro de dicho centro para continuar su seguimiento y tratamiento, o bien a otro centro que se considere adecuado.

Los centros de examen y tratamiento médico que no tienen contratos de examen y tratamiento médico de seguro de salud son responsables de proporcionar a los pacientes, al momento del alta, documentos y certificados válidos relacionados con los costos del examen y tratamiento médico para que los pacientes puedan pagar directamente a la agencia de seguro social de acuerdo con las disposiciones de los artículos 28, 29 y 30 del Decreto 146/2018/ND-CP.

(7) Los participantes del seguro de salud durante viajes de negocios, trabajo móvil, estudio concentrado en formas de formación, programas de capacitación o residencia temporal tienen derecho a recibir un examen médico inicial y tratamiento en instalaciones de examen médico y tratamiento del mismo nivel o equivalente al centro de examen médico y tratamiento inicial registrado en la tarjeta del seguro de salud y deben presentar los documentos especificados en (1) o (2) o (3) y uno de los siguientes documentos (original o fotocopia): permiso de trabajo, decisión de enviar a estudiar, tarjeta de estudiante, certificado de registro de residencia temporal, certificado de traslado escolar.

(8) Los centros de examen y tratamiento médico y las agencias de seguro social no están autorizados a prescribir procedimientos adicionales para el examen y tratamiento médico bajo el seguro de salud además de los procedimientos mencionados anteriormente.

En caso de que los centros de examen y tratamiento médico o las agencias de seguro social necesiten fotocopiar tarjetas de seguro de salud y documentos relacionados con el examen y tratamiento médico de pacientes para fines de gestión, deben fotocopiarlos ellos mismos y no deben exigir a los pacientes que fotocopien o paguen este gasto.

El Decreto 75/2023/ND-CP entra en vigor el 3 de diciembre de 2023. Con excepción de la Cláusula 1, puntos a) y b), la Cláusula 2, las Cláusulas 3, 4, 5 y 6, el Artículo 1 del Decreto 75/2023/ND-CP se aplicará a partir del 19 de octubre de 2023.


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