El Gobierno emitió el Decreto n.º 85/2024/ND-CP, que detalla diversos artículos de la Ley de Precios. En particular, el Decreto regula específicamente la implementación de la estabilización de precios.

Organizar la implementación de la estabilización de precios de conformidad con el inciso 1 del artículo 20 de la Ley de Precios.
Decreto que detalla la organización de la implementación de la estabilización de precios Cláusula 1, Artículo 20 de la Ley de Precios. En consecuencia, el Ministerio y los organismos ministeriales que gestionan el sector o ámbito deberán enviar al Ministerio de Hacienda una solicitud escrita de estabilización de precios de los bienes y servicios bajo su gestión para su síntesis y presentación al Gobierno para su aprobación, de acuerdo con el siguiente contenido y orden:
Los ministerios y organismos de nivel ministerial que gestionan sectores y campos de bienes y servicios en la Lista de Estabilización de Precios, al evaluar el nivel de fluctuaciones de los precios de mercado de bienes y servicios, el nivel de impacto en la socioeconomía , la producción, los negocios, la vida de las personas y la necesidad de estabilización de precios, prepararán un informe de estabilización de precios, acompañado de un documento solicitando al Gobierno que apruebe la política de estabilización de precios y lo envíe al Ministerio de Finanzas para su síntesis.
A solicitud de los ministerios y organismos ministeriales encargados de la gestión de los sectores y áreas de bienes y servicios incluidos en la Lista de Estabilización de Precios, el Ministerio de Hacienda presentará un informe al Gobierno para su consideración y decisión sobre la política de estabilización de precios, en un plazo máximo de 10 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la información suficiente, según lo prescrito anteriormente. De ser necesario, el Ministerio de Hacienda solicitará a los organismos y organizaciones pertinentes que faciliten información adicional para la síntesis del informe al Gobierno, a fin de que este considere y apruebe la política de estabilización de precios. El plazo para que los organismos y organizaciones pertinentes proporcionen información es de 3 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la solicitud del Ministerio de Hacienda.
El Gobierno decide la política de estabilización de precios, asigna a los ministerios y organismos ministeriales encargados de los sectores y áreas de bienes y servicios la responsabilidad de liderar la implementación de la estabilización de precios, y asigna la responsabilidad de la coordinación a los ministerios, organismos ministeriales y Comités Populares provinciales pertinentes. La autoridad y la responsabilidad para implementar la estabilización de precios se ejercerán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del presente Decreto.
Con base en la política de estabilización de precios del Gobierno, los ministerios y organismos de nivel ministerial que gestionan sectores y campos son responsables de tomar la iniciativa en la implementación y orientación de los Comités Populares provinciales para aplicar uno o varios métodos para determinar las causas de las fluctuaciones de precios, como base para seleccionar medidas de estabilización de precios apropiadas, duración y alcance.
Organizar la estabilización de precios de conformidad con el apartado 2 del artículo 20 de la Ley de Precios.
El Decreto No. 85/2024/ND-CP también estipula la organización de la implementación de la estabilización de precios de acuerdo con Cláusula 2, Artículo 20 de la Ley de Precios.
En concreto, para la estabilización de precios a nivel nacional:
En el caso de bienes y servicios incluidos en la Lista de Estabilización de Precios, el ministerio o el organismo ministerial encargado del sector o campo de bienes y servicios evaluará la evolución real y los niveles de precios de mercado de dichos bienes y servicios; elaborará un informe de estabilización de precios, junto con una solicitud escrita de estabilización, y lo remitirá al Ministerio de Hacienda para su síntesis, lo presentará al Gobierno para que decida sobre las políticas, medidas y plazos adecuados para la estabilización de precios, y se le asignará la implementación. De ser necesario, el Ministerio de Hacienda solicitará a los organismos y organizaciones pertinentes que presenten otra información para la síntesis de los informes al Gobierno.
En caso de que los bienes y servicios no estén incluidos en la Lista de bienes y servicios sujetos a estabilización de precios, pero necesiten una estabilización de precios inmediata según lo prescrito en el Punto a, Cláusula 2, Artículo 20 de la Ley de Precios, los ministerios y agencias de nivel ministerial que gestionan sectores y campos evaluarán los desarrollos reales y los niveles de precios de mercado de los bienes y servicios; prepararán un informe de estabilización de precios, junto con una solicitud por escrito para la estabilización de precios, y lo enviarán al Ministerio de Finanzas para su síntesis y presentación al Gobierno para su presentación al Comité Permanente de la Asamblea Nacional para su consideración y decisión sobre políticas, medidas y plazos para la estabilización de precios. Con base en la aprobación del Comité Permanente de la Asamblea Nacional, los ministerios y agencias de nivel ministerial que gestionan sectores y campos, y los Comités Populares provinciales serán responsables de organizar la implementación según lo asignado por el Gobierno.
Español Con base en la implementación de la estabilización de precios y la evaluación de la evolución real de los precios de los bienes y servicios, los ministerios y agencias de nivel ministerial que manejan sectores y campos pueden proponer terminar la estabilización de precios antes de lo previsto o extender el período de aplicación de las medidas de estabilización de precios y enviarlas al Ministerio de Finanzas para su síntesis para presentarlas al Gobierno para su consideración y decisión sobre los bienes y servicios en la Lista de Estabilización de Precios o enviarlas al Ministerio de Finanzas para su síntesis para presentarlas al Gobierno para su presentación al Comité Permanente de la Asamblea Nacional para su consideración y decisión sobre los bienes y servicios que no están en la Lista de Estabilización de Precios.
Para la estabilización de precios a nivel local Se aplica en los casos en que el nivel de precios de mercado de los bienes y servicios de la Lista de bienes y servicios sujetos a estabilización de precios fluctúa anormalmente en la localidad según lo prescrito en el Punto b, Cláusula 2, Artículo 20 de la Ley de Precios:
El Departamento de Industria y Gestión Sectorial evaluará la evolución real y los niveles de precios de mercado de los bienes y servicios en la zona para preparar un informe de estabilización de precios, junto con una solicitud por escrito para la estabilización de precios, y lo enviará al Departamento de Finanzas para su síntesis, presentación al Comité Popular Provincial para su consideración, decisión sobre políticas, medidas y plazos apropiados para la estabilización de precios, y asignación de la implementación. Si es necesario, el Departamento de Finanzas solicitará a los organismos y organizaciones pertinentes que presenten otra información para servir a la síntesis del informe al Comité Popular Provincial. Los departamentos, sucursales, sectores y Comités Populares de Distrito serán responsables de organizar la implementación según lo asignado por el Comité Popular Provincial. El Comité Popular Provincial informará al Gobierno sobre los resultados de la estabilización de precios y, al mismo tiempo, enviará al Ministerio de Finanzas para la síntesis según lo prescrito.
Con base en la situación de implementación y la evaluación de la evolución real de los precios de bienes y servicios, el Departamento de Industria y Gestión Sectorial podrá proponer la finalización de la estabilización de precios antes de la fecha límite o la extensión de su período de aplicación, y remitirlo al Departamento de Finanzas para su síntesis y presentación al Comité Popular Provincial para su decisión. El documento que ajusta el período de aplicación de las medidas de estabilización de precios del Comité Popular Provincial es un documento administrativo.
Las organizaciones y personas físicas que comercian con bienes y servicios son responsables de cumplir con las medidas de estabilización de precios anunciadas y de realizar las declaraciones iniciales y redeclaraciones de precios de los bienes y servicios en curso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del presente Decreto a partir de la fecha de aplicación de las medidas de estabilización de precios.
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