El viceprimer ministro Ho Duc Phoc es el jefe del Comité Directivo Central para la reforma de las políticas salariales, el seguro social y los incentivos para personas con servicios meritorios.
Los jefes adjuntos del Comité Directivo Central son el Ministro del Interior (jefe adjunto permanente) y el Ministro de Finanzas .
Los miembros del Comité Directivo Central incluyen: Ministro de Defensa Nacional; Ministro de Seguridad Pública; Ministro de Justicia; Ministro de Educación y Capacitación; Ministro de Salud; Ministro de Ciencia y Tecnología; Ministro de Cultura, Deportes y Turismo; Viceministro del Interior; Viceministro de Finanzas; Vicegobernador del Banco Estatal de Vietnam; Jefe Adjunto de la Oficina del Gobierno; Jefe Adjunto del Comité de Organización Central; Jefe Adjunto del Comité Central de Política y Estrategia; Jefe Adjunto del Comité Central de Propaganda y Movilización de Masas; Jefe Adjunto de la Oficina Central; Jefe Adjunto del Comité de Cultura y Asuntos Sociales de la Asamblea Nacional; Jefe Adjunto del Comité Económico y Financiero de la Asamblea Nacional; Jefe Adjunto del Comité de Asuntos de la Delegación de la Asamblea Nacional; Jefe Adjunto de la Oficina de la Asamblea Nacional; Fiscal Jefe Adjunto de la Fiscalía Popular Suprema; Presidente Adjunto del Tribunal Popular Supremo; Vicepresidente de la Confederación General del Trabajo de Vietnam.
Tareas del Comité Directivo Central
El Comité Directivo Central es responsable de investigar, desarrollar e impulsar la implementación de las tareas establecidas en la Resolución n.° 27-NQ/TW, de 21 de mayo de 2018, de la 7.ª Conferencia del XII Comité Ejecutivo Central sobre la reforma de las políticas salariales para cuadros, funcionarios, empleados públicos, fuerzas armadas y empleados de empresas; la Resolución n.° 28-NQ/TW, de 21 de mayo de 2018, de la 7.ª Conferencia del XII Comité Ejecutivo Central sobre la reforma de las políticas de seguridad social; y las Resoluciones y Programas de Acción del Gobierno para implementar las Resoluciones n.° 27-NQ/TW y n.° 28-NQ/TW. En ellas:
Respecto a la política salarial , incluyendo:
- Salario básico, relación entre los niveles salariales mínimo - medio - máximo y la correlación salarial de los cuadros, funcionarios, empleados públicos de diversas profesiones y fuerzas armadas; escalas salariales, tablas salariales; rangos de funcionarios, títulos profesionales de funcionarios, puestos, títulos de liderazgo equivalentes, grados salariales; aumento salarial; régimen de pago de salarios y regímenes de subsidios para los asalariados del sector estatal (desde el nivel central hasta el nivel comunal);
- Salario de los empleados que trabajan en empresas, agencias, organizaciones, cooperativas, hogares e individuos que contraten o empleen empleados para trabajar para ellos según convenio.
Respecto a las pólizas de seguro social, incluyendo: Seguro social obligatorio; Seguro social voluntario; Seguro complementario de jubilación; Prestaciones sociales de jubilación.
Respecto a las políticas preferenciales para personas con servicios meritorios , se incluyen: Asignaciones preferenciales mensuales y asignaciones únicas para personas con servicios meritorios a la revolución; Otras políticas preferenciales para personas con servicios meritorios.
El Comité Directivo Central también es responsable de coordinar con los ministerios y agencias para investigar las políticas socioeconómicas relacionadas con las políticas salariales, el seguro social y el tratamiento preferencial para las personas con servicios meritorios según lo asignado por el Primer Ministro; ayudar al Primer Ministro a monitorear e instar a los ministerios, sucursales y localidades a implementar políticas salariales, seguro social y tratamiento preferencial para las personas con servicios meritorios; soluciones para crear recursos para reformar las políticas salariales y las políticas de seguro social; proponer medidas para manejar rápidamente los nuevos problemas que surjan en el proceso de implementación de políticas salariales, seguro social y tratamiento preferencial para las personas con servicios meritorios.
Poderes del Comité Directivo
El Comité Directivo Central tiene el derecho de establecer un Equipo Editorial para ayudar al Comité Directivo en la implementación de tareas relacionadas con la reforma de las políticas salariales, el seguro social y el tratamiento preferencial para las personas con servicios meritorios.
Ser invitado a asistir a las reuniones presididas por el Primer Ministro o el Viceprimer Ministro, a las reuniones de ministerios, ramas y autoridades locales relacionadas con las tareas del Comité Directivo; invitar a los líderes de ministerios, ramas, localidades y representantes de otros organismos y organizaciones pertinentes a asistir a las reuniones y sesiones de trabajo del Comité Directivo.
El Comité Directivo Central tiene el derecho de solicitar a los ministerios, sucursales, localidades, agencias estatales, organizaciones e individuos que proporcionen información y documentos que sirvan para la implementación de las tareas del Comité Directivo Central.
Organizar grupos de trabajo, impulsar y promover la implementación de tareas, soluciones y planes sobre la reforma de las políticas salariales, de seguridad social y de incentivos para las personas con servicios meritorios.
El Comité Directivo se rige por el principio del centralismo democrático, promoviendo la responsabilidad del líder. Sus miembros se rigen por su Reglamento de Funcionamiento, emitido por el Presidente del Comité Directivo Central.
La presente Decisión entra en vigor a partir del 3 de julio de 2025 y reemplaza la Decisión No. 1012/QD-TTg del 28 de junio de 2021 del Primer Ministro sobre el fortalecimiento del Comité Directivo Central sobre la reforma de las políticas salariales, el seguro social y los incentivos para las personas con servicios meritorios.
Phuong Nhi
Fuente: https://baochinhphu.vn/pho-thu-tuong-ho-duc-phoc-lam-truong-bcdtw-cai-cach-chinh-sach-tien-luong-bao-hiem-xa-hoi-va-uu-dai-nguoi-co-cong-102250703164318368.htm
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