Se tratan de puntos destacables de la Circular nº 19/2023 que modifica, complementa y suprime una serie de artículos de las Circulares que regulan el transporte aéreo emitidas recientemente por el Ministerio de Transporte .
La nueva circular estipula claramente las obligaciones de las compañías aéreas (aerolíneas) hacia los pasajeros en caso de cancelaciones o retrasos de vuelos.
En consecuencia, la circular establece claramente que se considera vuelo retrasado aquel cuyo horario de salida real es más de 15 minutos posterior al horario previsto en el programa de vuelo.
En caso de que el vuelo se retrase sin culpa del pasajero, la aerolínea está obligada a proporcionar y actualizar información completa al pasajero; disculparse con el pasajero y asegurar la comida, el alojamiento, el viaje, así como cubrir otros costos directamente relacionados de acuerdo con el tiempo de espera en el aeropuerto según la normativa.
En el caso de vuelos con retrasos de 2 horas o más, es necesario cambiar el itinerario correspondiente o cambiar de vuelo. Asimismo, se eximen del pasajero las restricciones de cambio de itinerario o de vuelo, así como los recargos correspondientes (si los hubiera).
Para los vuelos con un retraso de 5 horas o más, si el pasajero no solicita un cambio de vuelo sino un reembolso, la aerolínea debe reembolsar el precio total del boleto o reembolsar la parte no utilizada del boleto.
En caso de grandes retrasos en los vuelos, a solicitud del pasajero, la aerolínea deberá efectuar una compensación anticipada no reembolsable a los pasajeros que tengan asientos y billetes confirmados en el vuelo de acuerdo a la normativa.
La Circular también establece que se define como vuelo cancelado la no operación de un vuelo cuyo itinerario de reserva y emisión de billetes ha sido publicado en el sistema de la aerolínea dentro de las 24 horas anteriores a la hora de salida programada.
En caso de cancelación de un vuelo sin previo aviso al pasajero, la aerolínea será responsable de la misma manera que en el caso de vuelos retrasados. Además, asumirá otras obligaciones.
En concreto, la compensación anticipada no es reembolsable para los pasajeros que tengan asientos y billetes confirmados en los vuelos de acuerdo con la normativa.
En el marco de la prestación del servicio, la aerolínea debe modificar el itinerario correspondiente del pasajero o transferirlo a otro vuelo. Asimismo, eximir al pasajero de las restricciones de cambio de itinerario o de vuelo y de los recargos correspondientes (si los hubiera).
Si el pasajero se niega a aplicar lo anterior, la aerolínea deberá reembolsar el precio total del boleto o reembolsar la parte no utilizada del boleto según la elección del pasajero.
En caso de que el pasajero rechace los métodos anteriores, la aerolínea podrá cumplir con otras obligaciones según lo acordado con el pasajero.
Para vuelos de salida anticipada (vuelos con hora de salida real 15 minutos antes de la hora de salida programada en el programa de vuelo base).
En caso de que la aerolínea sea culpable y el pasajero no reciba notificación del cambio de horario o el cliente no esté de acuerdo con el cambio de hora de salida, la aerolínea deberá ser responsable de realizar las mismas obligaciones que cuando se cancela el vuelo.
Asimismo, se aplican reembolsos de billetes a pasajeros en casos específicos. Por consiguiente, se exceptúan las restricciones sobre reembolsos de billetes y las tasas de reembolso (si las hubiera).
Para los billetes totalmente no utilizados, el importe del reembolso será igual a la tarifa pagada por el pasajero...
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