El Ministerio de Educación y Formación cuenta con una circular que regula el régimen laboral del profesorado de educación general. Los docentes, directores y subdirectores tienen una jornada laboral de 42 semanas por año escolar.
Los maestros de primaria tienen una cuota de 23 periodos/semana - Foto: VINH HA
Los profesores trabajan 42 semanas/año escolar
Según la nueva normativa sobre el régimen laboral del profesorado general, que se extiende a 42 semanas, el número de semanas dedicadas a la enseñanza de contenidos educativos es de 37 semanas (35 semanas de docencia presencial y 2 semanas de reserva). El número de semanas dedicadas al estudio y la mejora de las cualificaciones es de 3 semanas. El número de semanas dedicadas a la preparación para el nuevo curso escolar y la revisión del mismo es de 2 semanas.
En caso de emergencia o prevención de desastres naturales o de ajuste urgente del calendario del año escolar, la autoridad competente ajustará el número de semanas para la enseñanza de contenidos educativos en el programa de educación general.
La Circular mencionada anteriormente también estipula que las vacaciones anuales de los docentes incluyen las vacaciones de verano según lo prescrito en el Decreto 84/2020/ND-CP.
Durante las vacaciones de verano, los docentes participan en capacitaciones y desarrollo según los requisitos del puesto, participan en los exámenes de graduación de secundaria y matriculan a los estudiantes cuando son convocados por las autoridades competentes. Tienen derecho a vacaciones por vacaciones, Tet y otros días festivos, de acuerdo con las disposiciones del Código de Trabajo y la Ley de Seguridad Social.
La circular antes mencionada también establece que, con base en el plan del año escolar, la escala, las características y las condiciones específicas de cada escuela, el director organizará adecuadamente las vacaciones anuales de los docentes, de acuerdo con la reglamentación, asegurando el marco temporal del año escolar.
Las vacaciones de verano del director y el subdirector se organizan de forma flexible durante el curso escolar y durante las vacaciones de verano del profesorado para garantizar el normal desarrollo de las actividades escolares. El calendario de vacaciones de verano del director y el subdirector debe informarse a la autoridad administrativa competente o según la jerarquía.
Horas de enseñanza/semana
La circular estipula que la cuota de enseñanza para los profesores de escuela primaria es de 23 períodos/semana, para los profesores de escuela secundaria es de 19 períodos/semana y para los profesores de escuela preparatoria es de 17 períodos/semana.
El profesorado de internados étnicos de primaria tiene un cupo de 21 horas semanales. El de internados étnicos de secundaria tiene 17 horas semanales y el de bachillerato de internados étnicos tiene 15 horas semanales.
Además de la cuota docente, los docentes de los internados y semiinternados de minorías étnicas participan en otras tareas asignadas por el director.
El profesorado de escuelas y aulas para personas con discapacidad tiene un horario de 21 horas semanales en primaria, 17 horas semanales en secundaria y 15 horas semanales en bachillerato. El profesorado a cargo de la Unión de Jóvenes tiene un horario de 2 a 6 horas, según el tipo de escuela y el nivel educativo. El horario de los directores es de 2 horas semanales y el de los subdirectores, de 4 horas semanales.
Los docentes no pueden ocupar más de 2 cargos al mismo tiempo.
Además, de acuerdo con la circular mencionada anteriormente, los profesores tutores en las escuelas generales tienen reducidos 4 períodos por semana en comparación con la norma.
Los jefes de grupos profesionales y de departamento tienen una reducción de 3 periodos semanales, y los subdirectores, de 1 periodo semanal. Los jefes de grupos de gestión estudiantil en internados y semiinternados étnicos tienen una reducción de 3 periodos semanales, y los subdirectores, de 1 periodo semanal.
Los docentes que también estén a cargo de aulas de asignaturas y salas de equipamiento educativo tendrán 3 periodos/semana reducidos.
También se considera que se reduce el número de períodos en otros casos, como los profesores que también son secretarios de células del Partido, los profesores que también son trabajadores sindicales, los presidentes de consejos escolares, los secretarios de consejos escolares, los jefes de comités de inspección escolar, los profesores que también son profesores, los consejeros estudiantiles, los trabajadores administrativos y los trabajadores de bibliotecas.
La Circular establece que cada docente no puede desempeñar más de dos cargos concurrentes (incluyendo labores profesionales, labores del Partido, en organizaciones de masas, en otras organizaciones y algunos otros puestos de trabajo).
Además, la citada circular también regula la conversión de actividades profesionales en períodos docentes, añadiendo una serie de supuestos convertibles respecto a la antigua normativa.
En concreto, la conversión de horas de enseñanza en línea, la enseñanza de vietnamita a niños de minorías étnicas, la enseñanza entre escuelas, la enseñanza de los estudiantes para repasar para los exámenes de ingreso, repasar para los exámenes de graduación, la tutoría para estudiantes que no han cumplido con los requisitos de aprendizaje, la enseñanza para fomentar estudiantes excelentes según lo asignado por el director, los profesores asignados para ser jueces en competiciones o concursos de profesores de nivel escolar, 1 hora de participación en la calificación directa se cuenta como 1 hora estándar....
La Circular anterior entra en vigor el 22 de abril de 2025.
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Fuente: https://tuoitre.vn/quy-dinh-thoi-gian-lam-viec-moi-nam-hoc-cua-giao-vien-pho-thong-la-42-tuan-20250307190200206.htm
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