El Ministro de Planificación e Inversiones acaba de firmar y emitir la Circular No. 19/2024/TT-BKHDT que regula la preparación, evaluación, asignación, ajuste, seguimiento y valoración de planes, programas, tareas y proyectos de inversión pública en el Sistema Nacional de Información y Base de Datos sobre Inversión Pública.

En consecuencia, el ámbito de regulación de la Circular incluye el establecimiento, evaluación, asignación, ajuste, seguimiento y valoración de los planes de inversión pública de mediano plazo y anuales utilizando capital del presupuesto central, capital del presupuesto local y capital de fuentes de ingresos legales de las agencias estatales y unidades de servicio público para la inversión.
Simultáneamente, supervisar y evaluar los planes de inversión pública utilizando fondos de reserva, aumento de ingresos, ahorros en gastos, superávits y otras fuentes de capital del presupuesto estatal para el desarrollo de inversiones. Gestionar información, datos, supervisar y evaluar programas, tareas, proyectos y otros objetos de inversión pública que utilicen capital público en el Sistema.
La Circular se aplica a los organismos, unidades, organizaciones y personas que participan o están relacionados con la preparación, evaluación, asignación, ajuste, seguimiento y evaluación de planes, programas, tareas, proyectos y otros objetos de inversión pública del Sistema, dentro del ámbito de regulación especificado en el Artículo 1 de la Circular. Otros programas, tareas, proyectos y objetos de inversión pública que requieren secreto de Estado, de acuerdo con la ley de protección del secreto de Estado, no están sujetos a la Circular 19.
En cuanto a la emisión, autorización y autenticación de información y datos de cuentas, con base en la propuesta de registro de cuentas de los ministerios y organismos centrales y locales, el Ministerio de Planificación e Inversión emite y autoriza cuentas según la solicitud registrada. Las propuestas, presentaciones, aprobaciones e informes de información y datos en el Sistema se basarán en la autorización de las cuentas registradas y deberán estar autenticados mediante la firma digital del administrador de la cuenta, según el proceso del Sistema.
La Circular estipula claramente la preparación, evaluación, asignación y ajuste de los planes de inversión pública de mediano plazo y anuales en el Sistema; informar sobre la ejecución de los planes, programas y proyectos de inversión pública en el Sistema; compartir y sincronizar datos y publicar información sobre el estado de desembolso de los planes de inversión pública con cargo al presupuesto estatal.
El Ministerio de Planificación e Inversión es responsable de organizar la construcción, gestión e implementación del Sistema Nacional de Información y Base de Datos sobre Inversión Pública. Con base en las disposiciones de la ley de inversión pública, el Ministerio de Planificación e Inversión desarrolla principios, criterios, campos de información, datos y formularios de reporte en el Sistema para sintetizar, revisar y evaluar la información y los datos ingresados.
Simultáneamente, sintetizar, revisar y supervisar los programas, tareas, proyectos, otros objetos de inversión pública y planes de inversión pública de los ministerios, organismos centrales y localidades del Sistema, para informar a las autoridades competentes según lo prescrito. Orientar e instar a los organismos y organizaciones pertinentes a actualizar e informar según lo prescrito en esta Circular. Asimismo, supervisar la capacitación y la orientación sobre la gestión, operación y explotación del Sistema a nivel nacional.
La Circular establece claramente que los ministerios y las agencias centrales y locales son responsables de ingresar y actualizar la información y los datos de conformidad con los procedimientos y requisitos del Sistema; usar y explotar la información de acuerdo con la descentralización del Sistema en el trabajo de síntesis y seguimiento de la implementación de los planes de inversión pública de mediano plazo y anuales en los ministerios, agencias centrales y locales...
Además de ello, los inversionistas, propietarios de proyectos componentes y propietarios de programas son responsables de la actualización oportuna y precisa de la información y los informes de acuerdo con las disposiciones de la Circular; al mismo tiempo, son responsables de la información y los datos ingresados en el Sistema y son responsables de acuerdo con las disposiciones de la ley por informar y proporcionar información inexacta sobre el estado de implementación de la inversión dentro del alcance de la gestión.
La Circular entra en vigor en la preparación, valoración, ajuste, seguimiento y evaluación de los planes, programas, tareas y proyectos de inversión pública en el Sistema Nacional de Información y Base de Datos sobre Inversión Pública del plan de inversión pública de capital del presupuesto central de 2025 y del plan de inversión pública de mediano plazo para el período 2026 - 2030 para la inversión pública de capital de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Inversión Pública.
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