En la mañana del 15 de mayo, la Delegación de la Asamblea Nacional Provincial se coordinó con el Departamento de Construcción para organizar una conferencia para recoger comentarios sobre el Proyecto de Ley de Planificación Urbana y Rural.
Camaradas: Sung A Lenh, jefe adjunto de la delegación de la Asamblea Nacional Provincial; Phi Cong Hoan, director del Departamento de Construcción, copresidieron la conferencia.
A la conferencia asistieron dirigentes de varios departamentos, sucursales y localidades de la provincia y delegados de la Asamblea Nacional provincial.


En la inauguración de la conferencia, el camarada Sung A Lenh, subjefe de la delegación de la Asamblea Nacional Provincial, enfatizó: «La Ley de Planificación Urbana de 2009 y la Ley de Construcción de 2014 han superado algunas deficiencias e insuficiencias previas, contribuyendo a garantizar la unidad, la sincronización, la transparencia, la viabilidad, la integridad y la eficacia del sistema legal de planificación. Las normas legales han sido eficaces para promover el desarrollo económico y social, la inversión, la construcción, el desarrollo urbano y rural, creando un entorno de vida y satisfaciendo las necesidades de la población».
Sin embargo, durante el proceso de implementación, se han detectado limitaciones y deficiencias que requieren estudio, revisión, complementación y mejora. A partir de esta realidad, y considerando las exigencias del desarrollo urbano y rural en el nuevo período, se desprende que la promulgación de la Ley de Planificación Urbana y Rural es fundamental para institucionalizar la orientación del liderazgo del Partido y, al mismo tiempo, unificar las disposiciones legales sobre planificación urbana y rural en un solo conjunto de leyes, creando así las condiciones propicias para la organización de la implementación y una gestión eficaz.
El Proyecto de Ley de Planificación Urbana y Rural está diseñado con 5 capítulos y 61 artículos, específicamente: Capítulo I: Disposiciones generales (15 artículos), Capítulo II: Establecimiento, evaluación, aprobación y ajuste de la planificación urbana y rural (27 artículos), Capítulo III: Organización de la gestión de la planificación urbana y rural (9 artículos), Capítulo IV: Contenidos y responsabilidades de la gestión estatal de la planificación urbana y rural (7 artículos), Capítulo V: Disposiciones de implementación (3 artículos)

A continuación, los delegados aportaron nueve opiniones al proyecto de ley. Estas coincidieron básicamente con la estructura y el contenido principal, y consideraron que el proyecto había resuelto varias cuestiones que existían en el período anterior, como una definición más clara de las «áreas funcionales», el «período de vigencia», la «nueva planificación urbana» y la «financiación de la planificación».
El delegado también propuso considerar ajustar y complementar algunos contenidos de los artículos, tales como: Estudiar el alcance de la determinación de las áreas urbanas que incluyen solo el centro de la ciudad, el centro de la ciudad y el municipio (Cláusula 1, Artículo 2); aclarar aún más el establecimiento de planes de zonificación para las áreas urbanas existentes en las que se ha invertido y construido sincrónicamente en términos de infraestructura social, infraestructura técnica y obras arquitectónicas antes de ser reconocidas como áreas urbanas de tipo II y nuevas áreas urbanas con un tamaño de población pronosticado equivalente al tamaño de la población de las áreas urbanas de tipo II o superior (Cláusula 2, Artículo 3), y al mismo tiempo proponer complementar el contenido de acuerdo con la idea "para las áreas urbanas existentes en las que se ha invertido y construido sincrónicamente en términos de infraestructura social, infraestructura técnica y obras arquitectónicas, no es obligatorio establecer planes de zonificación".


Respecto a los artículos 33 y 34 del proyecto, los delegados propusieron estudiar la dirección de eliminar la parte de recogida de opiniones públicas para las tareas de planificación general y ordenación del territorio porque en realidad, en esta etapa, la participación de la gente en dar opiniones es muy limitada.
El Artículo 33 estipula la consulta a organismos, organizaciones y expertos de la administración estatal, tanto en la fase de planificación como en la de evaluación de la planificación. Se propone que el estudio solo lo estipule en la fase de planificación, con el fin de simplificar los trámites y agilizar el avance de la planificación. El delegado también propuso revisar el contenido de los Artículos 33 y 34 para garantizar la coherencia en su implementación. El delegado sugirió estudiar y aclarar la necesidad de establecer un Consejo de Evaluación (Artículo 36).
Las opiniones de los delegados a la conferencia serán recopiladas por la Delegación Provincial de la Asamblea Nacional, continuarán estudiándose y proponiendo ajustes y complementos para contribuir a la finalización del proyecto de Ley para informar a la Asamblea Nacional en la próxima sesión.
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