
De acuerdo con el artículo 2 de la Circular 111/2013/TT-BTC del Ministerio de Hacienda , las rentas sujetas al impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) procedentes de la transmisión de bienes inmuebles son las rentas percibidas por la transmisión de bienes inmuebles, entre las que se incluyen:
- Ingresos por transferencia de derechos de uso de tierras.
Ingresos por la transferencia de derechos de uso del suelo y bienes afectos al suelo. Los bienes afectos al suelo incluyen:
+ Vivienda, incluida la vivienda futura.
+ Obras de infraestructura y construcción anexas al terreno, incluidas las futuras obras de construcción.
+ Otros activos vinculados a la tierra incluyen activos que son productos agrícolas , forestales y pesqueros (como cultivos y ganado).
- Ingresos procedentes de la transmisión de la propiedad de viviendas, incluidas las que se constituyan en el futuro.
- Ingresos por transmisión de derechos de arrendamiento de tierras y de derechos de arrendamiento de superficies de agua.
- Los ingresos provenientes de la aportación de capital en forma de bienes inmuebles para establecer una empresa o aumentar el capital de producción de la misma conforme a lo dispuesto en la ley.
- Ingresos provenientes de la autorización de administración de bienes inmuebles donde la persona autorizada tiene derecho a transferir el inmueble o tiene los mismos derechos que el propietario del inmueble según lo prescrito por la ley.
- Otros ingresos obtenidos por la transmisión de bienes inmuebles a cualquier título.
Las normas sobre vivienda y futuras obras a que se refiere el apartado 5 del presente artículo se ajustarán a la legislación sobre el negocio inmobiliario.
Propuesta para imponer un impuesto sobre la renta personal del 20% sobre las rentas de transmisión de bienes inmuebles
Recientemente, el Ministerio de Hacienda ha informado sobre una serie de cuestiones de interés público, social y de prensa relacionadas con el proyecto de Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (sustitutiva).
En concreto, el Ministerio de Hacienda ha propuesto aplicar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a las transmisiones de inmuebles realizadas por personas físicas multiplicando la base imponible por el tipo impositivo del 20% para cada transmisión.
Este ingreso gravable se determina por el precio de venta menos el precio de compra y los gastos razonables relacionados con la generación de ingresos por la transferencia de bienes inmuebles.
En caso de que no se determine el precio de compra ni los gastos relacionados, el impuesto sobre la renta personal se calcula multiplicando el precio de venta por el tipo impositivo. En este caso, el tipo impositivo dependerá del periodo de propiedad, hasta un máximo del 10 %.
Sin embargo, recientemente, se ha expresado la necesidad de estudiar la normativa sobre la recaudación del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) en las operaciones de transmisión de bienes inmuebles para garantizar su conformidad con la naturaleza de las transacciones económicas . En concreto, el IRPF se recauda a un tipo del 20 % sobre la renta imponible; esta se determina a partir del precio de transferencia de cada bien inmueble, menos el precio de adquisición del inmueble y los costes asociados.
En respuesta a los comentarios anteriores, en el proyecto de Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (sustituto), el Ministerio de Hacienda propone una opción adicional para recaudar el impuesto sobre la renta de las personas físicas en las transmisiones de bienes inmuebles con un tipo impositivo del 20 % sobre la renta. Según cálculos, en comparación con el tipo impositivo actual del 2 % sobre el precio de transferencia, la recaudación del 20 % sobre la renta imponible regulará el impuesto para garantizar que se mantenga a un nivel equivalente. En algunos casos (cuando la diferencia entre el precio de venta y el precio de compra es menor, no se generan ingresos o hay pérdidas), la recaudación del 20 % sobre la renta resultará más beneficiosa para las personas físicas, regulando la recaudación del impuesto en función de los ingresos reales de las transacciones inmobiliarias.
Sin embargo, la recaudación del impuesto sobre la renta personal según el método del 20% sobre la renta necesita tener una hoja de ruta adecuada, que garantice la sincronización con el proceso de perfeccionamiento de otras políticas relacionadas con la tierra, la vivienda o el nivel de preparación de la base de datos, así como la infraestructura de tecnología de la información sobre el registro y la transferencia de tierras, bienes inmuebles... De este modo, puede crear las condiciones para que las autoridades fiscales tengan suficiente información y base legal relacionada con las actividades de transferencia de bienes inmuebles para recaudar la cantidad correcta de impuestos a pagar.
Fuente: https://baolaocai.vn/cac-khoan-thu-nhap-chiu-thue-thu-nhap-ca-nhan-tu-chuyen-nhuong-bds-nam-2025-post650013.html
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