Según el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el 9 de enero de 2017, el Primer Ministro emitió el Decreto n.º 02/2017 sobre mecanismos y políticas de apoyo a la producción agrícola para restablecerla en zonas afectadas por desastres naturales y epidemias. Sin embargo, tras más de siete años de implementación, se han detectado algunas deficiencias, en concreto:
Apoyo a establecimientos de producción que sean personas físicas, hogares, cooperativas, uniones cooperativas dedicadas a la cría de ganado, acuicultura, producción y crianza de razas acuáticas.
El Decreto n.º 02/2017 estipula el nivel de apoyo para las familias de agricultores, propietarios de explotaciones agrícolas, cooperativas y cooperativas que producen y crían ganado, aves de corral y productos acuáticos afectados por epidemias. Sin embargo, el nivel de apoyo no está detallado y se regula según el marco de precios de apoyo para cada tipo. Por lo tanto, si el apoyo se encuentra en el nivel más bajo del marco, será mucho menor que el precio actual de los insumos para la producción (animales reproductores, piensos, medicamentos veterinarios, etc.) o que el precio real en el caso de quienes venden ganado y aves de corral durante una epidemia.
En realidad, las provincias aplican diferentes niveles de apoyo para las mismas especies de ganado, por lo que las personas que viven en zonas fronterizas han transportado animales enfermos a provincias con niveles de apoyo más altos, lo que ha provocado la propagación de enfermedades y la contaminación ambiental. De igual manera, el nivel de apoyo para los animales acuáticos es mucho menor que el precio real debido a los altos precios de los insumos de producción, lo que dificulta la recuperación y la reproducción de las personas.
Por otro lado, es difícil determinar el daño a los productos acuáticos; no existe base para calcular un daño del 30-70%; no existe un nivel de apoyo para la producción de semillas dañadas por enfermedades. Además, convertir todas las unidades de cálculo a ha o m³, o solo distinguir entre agricultura intensiva y semiintensiva, como se indica en el Decreto 02, tampoco es adecuado, ya que cada especie acuática tiene su propia forma de cultivo específica, los costos de inversión y la densidad de cultivo también son muy diferentes, por lo que el nivel de daño por destrucción es muy distinto.
Las jaulas de acuicultura en Van Don fueron destruidas por la tormenta Nº 3. Foto: Thu Le.
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural recomienda las siguientes soluciones: El Gobierno establecerá una política de apoyo al ganado, las aves de corral y los productos acuáticos dañados por epidemias, que incluya regulaciones específicas sobre los precios de apoyo para cada tipo de ganado y aves de corral, calculados por tiempo de cría o peso, para las instalaciones con ganado y aves de corral que deban ser sacrificados para la prevención y el control de enfermedades, y que complemente algunos tipos de enfermedades animales peligrosas que reciben apoyo. Se especificarán los temas y el método de cálculo de los daños para garantizar la viabilidad y la eficacia, y se implementará la política.
Además, se ofrece apoyo adicional por daños al destruir poblaciones de cría acuáticas enfermas. Cuando este sujeto enferma, se destruye todo el acuario, por lo que calcular el nivel de apoyo viable y el apoyo correspondiente es fundamental para el productor. Además, dado que los productos acuáticos comerciales enfermos aún pueden utilizarse como alimento, solo se propone apoyo para la destrucción de dichos productos. Se ofrecen diversos niveles de apoyo adecuados para cada grupo de sujetos y para el tipo de cultivo (relacionados con diferentes niveles de inversión y de daños), garantizando así la equidad y las políticas de apoyo para los sujetos que lo necesitan.
Encargar a los Comités Populares de las provincias y de las ciudades de administración central que, con base en la capacidad de equilibrar el presupuesto, las características de la producción y los requerimientos reales en la localidad, presenten a los Consejos Populares del mismo nivel para prescribir niveles de apoyo específicos y apropiados.
Apoyo a los establecimientos de producción que son organismos y unidades de las fuerzas armadas populares dedicados a la cría de ganado, acuicultura, producción y crianza de razas acuáticas.
El Decreto n.º 02/2017 aún no incluye disposiciones sobre el apoyo a las agencias y unidades de las Fuerzas Armadas Populares que operan y producen en el ámbito de la ganadería y la acuicultura, directamente afectadas por enfermedades animales. Según la cláusula 9 del artículo 27 de la Ley de Medicina Veterinaria, en caso de enfermedad animal, todos los animales y productos animales de cualquier instalación o empresa de producción (sin excepción de las instalaciones y empresas de las Fuerzas Armadas Populares) deben aplicar estrictamente las normas de prevención y control de enfermedades animales. Las organizaciones y las personas tienen los mismos derechos y responsabilidades, lo que garantiza la equidad en la aplicación de la ley entre las entidades que participan en el ámbito de la ganadería, la acuicultura y la prevención y control de enfermedades animales.
Actualmente, estas unidades participan activamente en la actividad comercial y productiva de la ganadería y la acuicultura, contribuyendo significativamente al PIB del país y a la mejora de la calidad de la alimentación de oficiales y soldados, especialmente en un contexto de escasez de presupuesto estatal, donde el gasto en alimentación es limitado y los precios de los alimentos tienden a aumentar considerablemente. Esto garantiza la seguridad y la defensa nacional, y es el núcleo del desarrollo económico local, especialmente en zonas remotas, fronterizas e insulares. Previamente, al redactar la Resolución n.º 42/NQCP del Gobierno, de 18 de junio de 2019, los miembros del Politburó, el Ministro de Defensa Nacional y el Ministro de Seguridad Pública propusieron que el Gobierno y el Primer Ministro contaran con políticas de apoyo para las unidades de las Fuerzas Armadas Populares. Por consiguiente, las Decisiones n.º 793/QD-TTg del 27 de junio de 2019 y n.º 2254/QD-TTg del 30 de diciembre de 2020 del Primer Ministro contienen disposiciones sobre el apoyo a las Fuerzas Armadas Populares.
Además, la mayoría de las instalaciones ganaderas y acuícolas de las fuerzas armadas son de tamaño pequeño y mediano, por lo que el riesgo de brotes de enfermedades es el mismo que el de las instalaciones de producción.
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural recomienda una solución: el Gobierno estipule políticas sobre temas adicionales de aplicación, que son los organismos y unidades de las fuerzas armadas que realizan actividades y producen en los campos de la ganadería, la acuicultura, la producción y la cría de especies acuáticas dañadas por epidemias.

La tormenta número 3 destruyó tres fábricas de Viet Truong Company Limited (una empresa de mariscos en la ciudad de Hai Phong), causando daños por alrededor de 100 mil millones de VND.
Apoyo a establecimientos de producción que sean unidades de servicio público dedicadas a la cría de ganado, acuicultura, producción y cría acuícola
El Decreto n.º 02/2017 estipula el nivel de apoyo para las familias de agricultores, propietarios de explotaciones agrícolas, cooperativas y cooperativas de producción ganadera y avícola que sufran pérdidas debido a epidemias. Según la cláusula 9 del artículo 27 de la Ley Veterinaria, en caso de epidemia animal, todos los animales y productos animales de cualquier instalación o empresa de producción deben cumplir estrictamente con las normas de prevención y control de enfermedades animales. Las organizaciones y las personas tienen los mismos derechos y responsabilidades, lo que garantiza la equidad en la aplicación de la ley entre las entidades que participan en los ámbitos de la ganadería, la acuicultura y la prevención y el control de enfermedades animales.
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural recomienda soluciones: El Gobierno establece políticas de apoyo para las unidades de servicios públicos dedicadas a la ganadería y la avicultura afectadas por epidemias. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto n.º 60/2021/ND-CP, de 21 de junio de 2021, que establece el mecanismo de autonomía financiera de las unidades de servicios públicos, se clasifica su nivel en cuatro grupos: Gastos regulares autofinanciados y gastos de inversión (grupo 1); Gastos regulares autofinanciados (grupo 2); Gastos regulares parcialmente autofinanciados (grupo 3); y Gastos regulares garantizados por el Estado (grupo 4).
Apoyo a las pequeñas y medianas empresas de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Apoyo a las Pequeñas y Medianas Empresas dedicadas a la ganadería, la acuicultura, la producción y la cría de razas acuáticas
- El Decreto No. 02/2017 se emitió en 2017, por lo que el nivel de apoyo para el ganado, las aves de corral y la acuicultura dañados por enfermedades es mucho menor que el precio real debido al alto precio de los insumos de producción (semillas, alimentos, medicamentos veterinarios, etc.), por lo que las personas aún tienen dificultades para la recuperación y la reproducción. Dificultad para determinar el daño, falta de base para calcular el daño del 30-70%... (para productos acuáticos); además, no hay un nivel de apoyo para los daños cuando la producción de semillas se ve dañada por enfermedades. Además, convertir todas las unidades de cálculo a ha o m3 o solo distinguir entre agricultura intensiva/semi-intensiva como en el Decreto 02 tampoco es adecuado porque cada especie acuática tiene su propia forma de cultivo específica, los costos de inversión/densidad de cultivo también son muy diferentes, por lo que el nivel de daño cuando se destruye es muy diferente.
Ante las dificultades mencionadas, tras más de siete años de implementación, ninguna provincia ha implementado medidas para paliar los daños causados por enfermedades acuáticas. Por lo tanto, se puede afirmar que esta política no ha llegado a los acuicultores ni les ha ayudado a recuperar la producción a pesar de las dificultades y las grandes pérdidas. Por lo tanto, no incentiva a los acuicultores a implementar eficazmente medidas para prevenir y controlar la propagación de enfermedades. De hecho, además de los temas mencionados, cuando se presentan enfermedades animales, todos los animales y productos animales de cualquier instalación o empresa de producción deben aplicar estrictamente las normas de prevención y control de enfermedades animales. Las organizaciones y las personas tienen los mismos derechos y responsabilidades, lo que garantiza la equidad en la aplicación de la ley entre las entidades que participan en los campos de la ganadería, la acuicultura y la prevención y el control de enfermedades animales.
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural recomienda la siguiente solución: La política del Gobierno en materia de apoyo a las empresas (pequeñas y medianas) hereda las disposiciones de la Decisión No. 793/QD-TTg del 27 de junio de 2019 y la Decisión No. 2254/QD-TTg del 30 de diciembre de 2020 del Primer Ministro.
Durante el proceso de redacción, el organismo encargado de redactar el Decreto consideró y seleccionó los sujetos que tendrían derecho a recibir apoyo por los daños causados por la epidemia. Tras una revisión, se observó que no existen políticas de apoyo para las grandes empresas ni para las empresas con IED. Además, según la Resolución n.º 27-NQ/TW, de 21 de mayo de 2018, y la Resolución n.º 23/2021/QH15, de 28 de julio de 2021: «No se deben emitir nuevas políticas, regímenes, programas ni proyectos cuando los recursos no estén equilibrados». Se observa que el grupo de pequeñas y medianas empresas presenta un mayor riesgo de enfermedades que las grandes empresas y las empresas con IED. Cuando se produce una epidemia y requiere destrucción, estas unidades necesitan apoyo para garantizar y continuar manteniendo las actividades de producción y aplicar políticas de apoyo para la prevención y el control de enfermedades. Por lo tanto, el proyecto de Decreto no estipula apoyo para las grandes empresas ni para las empresas con IED, ya que es necesario equilibrar los recursos y garantizar la viabilidad.
Apoyo a los participantes en la prevención y control de enfermedades animales
El Decreto n.º 02/2017 no estipula una política de apoyo para las fuerzas directamente involucradas en la prevención y el control de enfermedades. Esta política se implementa de conformidad con lo dispuesto en la Decisión n.º 1442/QD-TTg, de 23 de agosto de 2011, por la que se modifican y complementan varios artículos de la Decisión n.º 719/QD-TTg, de 5 de junio de 2008, del Primer Ministro, sobre políticas de apoyo para la prevención y el control de enfermedades del ganado y las aves de corral. Sin embargo, el nivel de apoyo estipulado en esta Decisión es actualmente muy inferior a la jornada laboral promedio de los trabajadores locales, lo que dificulta el despliegue y la movilización de los recursos humanos directamente involucrados en las tareas de prevención y control de enfermedades (especialmente aquellos que no perciben salarios del presupuesto estatal).
No existen regulaciones sobre el apoyo para quienes participan en la prevención y control de enfermedades animales, específicamente: aquellos que realizan directamente una o más de las siguientes actividades: (i) Estadísticas; confirmación de daños causados por enfermedades animales; (ii) Manejo de brotes; muestreo; autopsia, diagnóstico, pruebas de enfermedades animales; investigación y verificación de enfermedades animales; captura, detención, transporte y destrucción de animales y productos animales; (iii) Vacunación; saneamiento, desinfección y esterilización para prevenir y controlar enfermedades animales; (iv) De servicio en equipos, puntos de control y estaciones para controlar enfermedades animales. Mientras tanto, a nivel de base hoy en día, el número de personal que participa directamente en la prevención y control de enfermedades animales es muy pequeño, y la carga de trabajo es muy grande, incluso peligrosa.
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural recomienda soluciones: El Gobierno estipula políticas de apoyo para las personas que participan en la prevención y el control de enfermedades animales, incluidas disposiciones sobre apoyo a las personas que participan directamente en las tareas de prevención y control de enfermedades animales asignadas y movilizadas por las agencias y unidades competentes para realizar una o más de las siguientes actividades: Estadísticas; confirmación de daños causados por enfermedades animales; manejo de brotes; muestreo; autopsia, diagnóstico, pruebas de enfermedades animales; investigación y verificación de enfermedades animales; captura, detención, transporte y destrucción de animales y productos animales; vacunación; saneamiento, desinfección y esterilización para prevenir y controlar enfermedades animales; de servicio en equipos, puestos de control y estaciones para controlar enfermedades animales.
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Fuente: https://danviet.vn/tu-bat-cap-cua-nghi-dinh-02-2017-ve-ho-tro-thiet-hai-do-thien-tai-dich-benh-bo-nnptnt-bao-cao-thu-tuong-20240923132352015.htm
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