La Circular 06 es contraria al Código Civil.
El primer día del nuevo año, el Banco Estatal de Vietnam (SBV) anunció la asignación de la meta de crecimiento crediticio total para 2024 en un 15%, una tasa muy superior a la del año anterior. En particular, la asignación de todo el margen crediticio a principios de año por parte del SBV contrasta con la de muchos años anteriores, cuando solo se asignó una parte y se continuó implementando a mediados de año. Esto puede interpretarse como una señal para promover el crecimiento del crédito e inyectar capital en la economía . Sin embargo, según numerosos expertos empresariales y económicos, aunque el margen crediticio ha aumentado, mientras las regulaciones y las condiciones crediticias se mantienen sin cambios, muchas empresas aún tienen dificultades para obtener capital.
Como resultado, es posible que el flujo de capital absorbido por la economía aún no alcance el objetivo establecido. Una de las regulaciones vigentes relacionadas con las actividades crediticias del sistema bancario comercial es la Circular 06/2023 del Banco Estatal de Vietnam, vigente desde septiembre de 2023. Específicamente, el punto c, cláusula 6, artículo 1 de la Circular 06 estipula que las entidades de crédito "deberán implementar medidas para bloquear el monto del desembolso del préstamo en la entidad prestamista, de acuerdo con las disposiciones legales y el acuerdo entre las partes en el contrato de préstamo, hasta la terminación de la obligación de garantía", lo cual muchas empresas han calificado de irrazonable e irrealista.
La regulación sobre el congelamiento de montos de préstamos en la Circular 06 es contraria al Código Civil de 2015.
Fotografía: Dao Ngoc Thach
En declaraciones a Thanh Nien el 3 de enero, el Sr. Le Hoang Chau, presidente de la Asociación de Bienes Raíces de Ciudad Ho Chi Minh (HoREA), declaró haber tenido conocimiento de que el Departamento de Inspección de Documentos Legales del Ministerio de Justicia acababa de concluir su inspección de la Circular 06 del Banco Estatal de Vietnam. En dicha inspección, este organismo también afirmó que la solicitud de congelación del capital desembolsado del préstamo mencionada anteriormente contravenía las disposiciones sobre medidas de seguridad del Código Civil de 2015.
Desde la emisión de la Circular 06, HoREA ha recibido numerosos documentos que recomiendan la revisión y modificación de algunas regulaciones irrazonables, incluso contrarias a las disposiciones pertinentes del Derecho Civil. Entre ellas, se incluye la regulación sobre el bloqueo del monto de desembolso de préstamos mencionada anteriormente. Además, HoREA considera que la Cláusula 2, Artículo 22 de la Circular 06 exige a los bancos: «En caso de préstamos para cubrir aportaciones de capital en virtud de un contrato de aportación de capital, un contrato de cooperación en materia de inversión o un contrato de cooperación empresarial para la ejecución de un proyecto, se deben adoptar medidas para inspeccionar, supervisar y evaluar la situación financiera y las fuentes de pago de la deuda de los clientes, garantizar la capacidad de recuperar íntegramente el capital y los intereses del préstamo a tiempo, según lo acordado, y controlar el uso correcto del capital del préstamo». Esto ha limitado el derecho de las empresas a usar el capital.
Por ejemplo, en el caso de préstamos para la compra de viviendas, según la Circular 06, el inversor del proyecto (quien recibe el depósito) tiene el depósito congelado y no puede usar el dinero depositado por el comprador. Esto es irrazonable y no garantiza la propiedad del propietario, incluido el derecho a usar el depósito.
Mientras tanto, el incumplimiento por las partes del acuerdo sobre la obligación de garantía (si la hubiere) se encuentra dentro del ámbito de aplicación del Código Civil de 2015. Al mismo tiempo, en la práctica, alrededor del 30% de los clientes que compran bienes inmuebles y futuras viviendas solicitan un crédito para realizar un depósito, pero este es congelado por el banco, mientras que alrededor del 70% de los clientes que utilizan su propio capital para realizar un depósito, el dinero se transfiere a la cuenta del inversor, quien tiene pleno derecho a usarlo. Por lo tanto, la normativa mencionada tampoco es aplicable en la práctica.
Es necesario modificar rápidamente las regulaciones irrazonables
El abogado Truong Thanh Duc, director del bufete ANVI, afirmó que algunas regulaciones de la Circular 06 se han propuesto para su revisión en el pasado, por lo que es necesario implementarlas rápidamente desde principios de año. En particular, la regulación del Punto c, Cláusula 6, Artículo 1 de la Circular 06 sobre el bloqueo del capital de los préstamos no es coherente con otras regulaciones. Específicamente, de acuerdo con las disposiciones del Artículo 12 del Decreto No. 101/2012 del Gobierno sobre pagos no monetarios, los bancos solo están autorizados a bloquear cuentas en casos como cuando existe una decisión o solicitud por escrito de una autoridad competente según lo prescrito; cuando el banco pagador descubre errores o equivocaciones en las transferencias de dinero; cuando existe una disputa entre titulares de cuentas de pago conjuntas. Además, los bancos solo pueden bloquear cuentas en casos en que exista un acuerdo con el titular de la cuenta.
Además, debe entenderse que prestar para aportar capital no es un caso de préstamo para pagar dinero y garantizar el cumplimiento de obligaciones, lo que requiere bloquear el préstamo. Si se entiende como si la empresa pidiera prestado dinero pero no se le permitiera usarlo, ¿cómo podría el receptor del capital implementar el proyecto y cumplir con la obligación con el aportante? Esto también implica que debe existir una doble garantía (para que el banco preste y para que este libere el monto desembolsado) para el mismo préstamo. Esta regulación es demasiado irrazonable, ya que causa desperdicio de recursos, aumenta los costos para la empresa e incluso la confunde.
El último día del año 2023, HoREA envió un documento al Primer Ministro proponiendo la implementación de las instrucciones del Gobierno y del Primer Ministro del año anterior, pero aún no implementadas por los ministerios y las sucursales. En particular, HoREA señaló que varias regulaciones emitidas por el Banco Estatal de Vietnam eran inapropiadas. Específicamente, HoREA indicó que, en el Despacho Oficial 1177 del Primer Ministro, de fecha 23 de noviembre de 2023, el Banco Estatal de Vietnam le solicitó que modificara, complementara o derogara las regulaciones inapropiadas para facilitar el acceso al crédito a personas y empresas. Por lo tanto, la asociación solicitó al Banco Estatal de Vietnam que revisara y evaluara la implementación de las Circulares n.º 02/2023, n.º 03/2023 y n.º 06/2023 con el fin de modificar, complementar o derogar las regulaciones inapropiadas.
El Sr. Le Hoang Chau propuso: "Además de las regulaciones irrazonables de la Circular 06 mencionadas anteriormente, también proponemos que el Banco Estatal de Vietnam elimine la regulación sobre las instituciones de crédito que controlan el uso de préstamos para fines legítimos, establecida en el punto c, cláusula 6, y el punto b, cláusula 9, artículo 1 de la Circular 06". Esto se debe a que es prácticamente imposible para los bancos implementar esta regulación en el caso de préstamos para financiar contribuciones de capital en virtud de contratos de aportación de capital, contratos de cooperación en materia de inversión o contratos de cooperación empresarial para la ejecución de proyectos. Al mismo tiempo, se debe considerar la abolición de las cláusulas 8, 9 y 10, artículo 8, de la Circular n.º 39/201 (complementadas por la cláusula 2, artículo 1 de la Circular 06), ya que estas regulaciones dejaron de estar en vigor el 1 de septiembre de 2023. Las empresas esperan que los problemas que surjan se resuelvan con prontitud, garantizando que las regulaciones sean coherentes, eficaces y adecuadas a la situación actual, contribuyendo así al repunte del crecimiento de las empresas en particular y de la economía en su conjunto.
A principios de diciembre de 2023, la Oficina Gubernamental también emitió el Despacho Oficial No. 9470 transmitiendo la opinión del Primer Ministro sobre el contenido de la reflexión del Periódico Thanh Nien sobre la Circular 06. El Primer Ministro ordenó al Gobernador del Banco Estatal estudiar la información de prensa para considerar y tener soluciones para manejar el contenido reflejado de acuerdo con las regulaciones y con el espíritu de escuchar las opiniones de las entidades, empresas y personas relevantes para completar un marco legal adecuado, factible y efectivo que no cause congestión o bloqueo de los flujos de capital crediticio en la economía.
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