El Ministerio de Defensa Nacional acaba de emitir la Circular 90/2025/TT-BQP que orienta la implementación del seguro social obligatorio para el personal militar y las personas que trabajan en puestos clave que reciben salarios como el personal militar.

Según la circular, los sujetos que participan en el seguro social obligatorio en el Ministerio de Defensa Nacional incluyen oficiales, soldados profesionales; personas que trabajan en criptografía que reciben salarios como soldados; suboficiales, soldados; estudiantes militares y de criptografía que actualmente cursan estudios tienen derecho a los gastos de manutención.
Las personas de estas categorías, mientras estudien, trabajen, investiguen o ejerzan la enfermería en el extranjero, seguirán recibiendo salario, asignación por rango militar o gastos de manutención, y continuarán pagando y disfrutando de los beneficios del seguro social.
Los empleados que hayan cotizado al seguro social obligatorio durante 15 años o más, al jubilarse, recibirán una pensión de acuerdo con la Ley del Seguro Social y el Decreto 157/2025. La edad de jubilación se aplica según la hoja de ruta especificada en los dos apéndices adjuntos a la circular.
En caso de trabajar en un puesto de trabajo pesado, tóxico, peligroso o en un área especialmente difícil (con un coeficiente de subsidio regional de 0,7 o superior antes del 1 de enero de 2021), este tiempo, incluido el tiempo de baja por tratamiento debido a accidentes de trabajo, enfermedades profesionales o baja por maternidad, se acumulará para considerar el derecho a pensión.
Por el contrario, no se computará el tiempo dedicado a estudiar o trabajar sin realizar trabajos pesados o peligrosos ni residir en una zona especialmente difícil, incluso si restan un máximo de seis meses de cotizaciones a la seguridad social. En ese momento, el empleado puede realizar un pago único para tener derecho a una pensión.
El rango militar al momento de la jubilación sirve de base para determinar la edad máxima de servicio activo y calcular el derecho a pensión. La Circular entra en vigor el 2 de octubre de 2025.
Fuente: https://baolaocai.vn/quy-dinh-moi-ve-bhxh-va-tuoi-nghi-huu-cua-quan-nhan-post880400.html
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