(Chinhphu.vn) - El Gobierno acaba de emitir la Resolución No. 36/NQ-CP que aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Belarús sobre cooperación en el campo de la educación (Acuerdo).
El Ministro de Educación y Formación, Nguyen Kim Son, y el Ministro de Educación, Ivanets Andrei Ivanovich, firmaron el Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de Vietnam y el Gobierno de Bielorrusia en el ámbito de la educación y la formación.
El Ministerio de Relaciones Exteriores realizará los trámites externos necesarios para la entrada en vigor del Acuerdo y notificará su entrada en vigor en la forma prescrita.
El Ministerio de Educación y Capacitación presidirá y coordinará con los ministerios y organismos pertinentes para organizar la implementación del Acuerdo después de que sea aprobado por el Gobierno.
La presente Resolución entra en vigor a partir del 25 de marzo de 2024.
* La relación de cooperación entre Vietnam y Bielorrusia se estableció en 1992, pero la cooperación en el campo de la educación y la formación existía 30 años antes.
De acuerdo con el Acuerdo entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Belarús sobre cooperación en el campo de la educación, las dos partes cooperarán en el intercambio de experiencias en las direcciones de desarrollo más importantes del sistema educativo; realizarán investigaciones científicas conjuntas en los campos de las ciencias naturales, las ciencias técnicas, las ciencias sociales, las humanidades y las ciencias pedagógicas de interés para ambas partes; proporcionarán formación a nivel de licenciatura, maestría y doctorado; organizarán cursos de capacitación, mejorarán las calificaciones, las pasantías científicas y el reciclaje del personal educativo; intercambiarán expertos para mejorar el trabajo docente.
Las dos Partes promoverán el establecimiento y desarrollo de relaciones de cooperación entre las instituciones de educación superior de las dos Partes y, con base en intereses comunes, dichas instituciones de educación superior podrán firmar acuerdos de cooperación separados, de conformidad con los términos de este Acuerdo y las leyes de cada Parte.
Durante la vigencia del Acuerdo, ambas partes intercambiarán anualmente un máximo de 15 estudiantes internacionales para estudios a tiempo completo. Ambas partes enviarán anualmente un máximo de 5 docentes de instituciones de educación superior a las instituciones educativas del país receptor para su formación y perfeccionamiento.
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