
El Gobierno emitió el Decreto No. 156/2025/ND-CP de fecha 16 de junio de 2025 que modifica y complementa una serie de artículos del Decreto No. 55/2015/ND-CP de fecha 9 de junio de 2015 del Gobierno sobre la política crediticia para el desarrollo agrícola y rural, que fue modificado y complementado por una serie de artículos en virtud del Decreto No. 116/2018/ND-CP de fecha 7 de septiembre de 2018 del Gobierno.
Según el Banco Estatal, las regulaciones modificadas y complementadas en el Decreto 156/2025/ND-CP tienen como objetivo ser consistentes con la actual demanda de capital para la producción agrícola y continuar promoviendo la eficiencia, puesta en práctica en el futuro de acuerdo con las políticas y direcciones del Partido y el Estado, contribuyendo a desbloquear aún más recursos para el sector agrícola rural, contribuyendo al esfuerzo común para completar el objetivo de acelerar, abrirse paso y llegar a la meta en el desarrollo socioeconómico de todo el país en el futuro.
El Decreto No. 156/2025/ND-CP consta de 4 artículos con el siguiente contenido principal:
Respecto al contenido modificado : Modificar la Cláusula 1, Artículo 3, de las regulaciones sobre áreas rurales para adecuarlas al modelo de gobierno local de dos niveles y las regulaciones legales pertinentes.
En consecuencia, las zonas rurales son los límites administrativos de las comunas y zonas especiales (excluidas las zonas especiales en las que las autoridades locales de las zonas especiales realizan las tareas y poderes correspondientes de las autoridades locales de los distritos).
Aumentar el importe máximo de los préstamos sin garantía para hogares empresariales, cooperativas...
Modificar la cláusula 2, artículo 9 para aumentar el monto máximo de préstamos sin garantía para individuos, hogares, cooperativas, hogares comerciales, cooperativas, uniones cooperativas y propietarios de granjas para adaptarlo a las necesidades de capital para la producción agrícola de los clientes actuales.
En consecuencia: el monto de los préstamos sin garantía para individuos y hogares aumenta de 100-200 millones de VND a 300 millones de VND.
El monto de los préstamos sin garantía para cooperativas y hogares comerciales aumenta de 300 millones de VND a 500 millones de VND.
El monto de los préstamos sin garantía para los propietarios de granjas aumenta de 1.000 a 2.000 millones de VND a 3.000 millones de VND.
El nivel de préstamos sin garantía para cooperativas y uniones de cooperativas aumenta de 1.000 a 3.000 millones de VND a 5.000 millones de VND.
Reducir los procedimientos y crear comodidad para que los clientes obtengan capital prestado
Modificar la cláusula 3 del artículo 9 para reducir los procedimientos administrativos, creando comodidad para los clientes al solicitar préstamos de capital a las entidades de crédito.
En consecuencia, se elimina el contenido relacionado con el requisito de presentar un certificado de no haber obtenido un certificado de derecho de uso de la tierra y que la tierra no está en disputa confirmado por el Comité Popular a nivel comunal.
Al mismo tiempo, se estipula que los clientes pueden pedir prestado sin garantía y la entidad de crédito debe aceptar (en lugar de exigirlo como se estipuló anteriormente) que el cliente presente a la entidad de crédito un certificado de derechos de uso de la tierra y de propiedad de los activos afectos a la tierra del cliente durante el período del préstamo sin garantía en la entidad de crédito.
Modificar la Cláusula 1, Artículo 12, Cláusulas 2 y 3, Artículo 13, que estipulan la reestructuración de los términos de pago de la deuda, el mantenimiento del grupo de deuda y el establecimiento de disposiciones para manejar riesgos en la dirección de asignar al Banco Estatal de Vietnam para regular la reestructuración de los términos de pago de la deuda para las deudas que se mantienen en el mismo grupo de deuda de acuerdo con el Decreto 55/2015/ND-CP.
Al mismo tiempo, brindar orientación sobre la clasificación de la deuda y la constitución de provisiones de riesgo para las deudas que se mantienen en el mismo grupo de deuda para cumplir con la Ley de Entidades de Crédito de 2024 y las regulaciones legales pertinentes.
Modificar la cláusula 2, artículo 25 para estipular que en los casos en que existan múltiples políticas de apoyo del presupuesto estatal para clientes que sufran pérdidas debido a razones objetivas o de fuerza mayor, los clientes puedan optar por disfrutar de una política de apoyo del presupuesto estatal.
Complementar las políticas de crédito para fomentar la agricultura orgánica y circular
Respecto de los contenidos adicionales: Son sujetos de aplicación los organismos de gestión estatal, organizaciones y demás personas involucradas en la implementación del Decreto.
Complementar algunos conceptos relacionados con la política de condonación de deuda para facilitar el trabajo de condonación de deuda y ser coherentes con la realidad de la condonación de deuda en los últimos tiempos.
Complementar las políticas crediticias para incentivar que la agricultura orgánica y circular disfrute de políticas crediticias similares a las de los clientes que producen agricultura de alta tecnología y vínculos de producción agrícola (con respecto a préstamos sin garantía y mecanismos de manejo de riesgos) para adaptarse a la tendencia actual de desarrollo agrícola de acuerdo con nuevos modelos bajo la dirección del Primer Ministro.
En cuanto al contenido derogado: Derogar algunas disposiciones relacionadas con las funciones de los Ministerios (Artículo 20, Cláusula 3, Artículo 21) para armonizarlas con los resultados de la ordenación y racionalización del aparato organizativo del Gobierno. Asimismo, derogar las disposiciones de la Cláusula 3, Artículo 8, Cláusula 2 y Artículo 22 para armonizarlas con la Ley de Entidades de Crédito y con el resto del contenido del proyecto de Decreto.
El Decreto entra en vigor el 1 de julio de 2025./.
Fuente: https://baobackan.vn/nghi-dinh-1562025nd-cp-nang-muc-cho-vay-khong-co-tai-san-bao-dam-giam-thu-tuc-cho-khach-hang-vay-von-tu-17-post71557.html
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