En la mañana del 23 de octubre, en la Casa de la Asamblea Nacional, continuando el programa de la 8ª Sesión, bajo la presidencia del Presidente de la Asamblea Nacional Tran Thanh Man , la Asamblea Nacional celebró un debate plenario en la sala sobre el proyecto de Ley de Justicia Juvenil.
Al participar en los comentarios, el diputado de la Asamblea Nacional Le Thanh Hoan, miembro de tiempo completo del Comité de Derecho de la Asamblea Nacional (Delegación de la Asamblea Nacional Thanh Hoa), estuvo de acuerdo con muchos contenidos del proyecto de ley que el Comité Permanente de la Asamblea Nacional ordenó absorber y revisar.
Al comentar sobre la facultad para aplicar medidas de desvío (Artículo 53), el delegado señaló que si esta facultad se atribuye al Organismo de Investigación o a la Fiscalía, ello no se ajusta a los principios constitucionales, especialmente en el caso de menores imputados. Esto se debe a que, según la Cláusula 2 del Artículo 31 de la Constitución, el acusado debe ser juzgado por el Tribunal con prontitud, dentro del plazo legal, de forma justa y pública.
Según el proyecto de ley, los menores que sean sospechosos o acusados en uno de los casos del artículo 38, si no están exentos de responsabilidad penal según las disposiciones del Código Penal, pueden ser objeto de medidas de desvío, lo que es completamente diferente de la política penal actual.
El Código Penal de 2015 (artículos 29, 91 y 92), aplicable a los menores de 18 años que cometan delitos, estipula que, si concurren numerosas circunstancias atenuantes y subsanan voluntariamente la mayoría de las consecuencias, el Organismo de Investigación, la Fiscalía o el Tribunal decidirán eximirlos de responsabilidad penal y aplicarán medidas de amonestación, reconciliación comunitaria o educativas a nivel de comuna, barrio o pueblo, siempre que el menor de 18 años que cometa el delito o su representante legal consientan la aplicación de alguna de estas medidas. Esta política del Código Penal de 2015 es coherente con el artículo 31 de la Constitución de 2013.
En el mundo, los países tienen diferentes regulaciones sobre la autoridad competente para decidir sobre medidas de desvío, dependiendo de cada sistema jurídico nacional. En algunos países, la policía puede decidir sobre medidas de desvío; en otros, esta facultad recae en la fiscalía y el tribunal; y en otros, esta facultad solo se otorga al tribunal considerando el contexto del principio de presunción de inocencia estipulado en la Constitución del país.
Por lo tanto, para implementar las Reglas de Beijing de 1985 con el contenido: cuando sea apropiado, se debe considerar el manejo de infractores juveniles sin juicio formal, es necesario heredar la política penal actual y complementar el Artículo 29 del Código Penal sobre los motivos de exención de responsabilidad penal como premisa para aplicar la medida de desviación. Debido a que el tratado internacional no tiene un efecto superior al de la Constitución según las disposiciones de la Ley de Tratados Internacionales de 2016. En los casos en que no existe una disposición sobre la exención de responsabilidad penal para poder manejar la desviación, la autoridad para manejar la desviación solo se asigna a un solo organismo, que es el Tribunal, así como en los casos en que no hay acuerdo sobre la compensación por daños, debe ser decidido por el Tribunal.
En cuanto a las condiciones para aplicar la medida de redirección, según el delegado Le Thanh Hoan, para aplicar la medida de redirección del artículo 40 del proyecto de Ley, existen condiciones: el menor debe admitir que ha cometido un delito y aceptar por escrito la medida de redirección.
Aunque los menores pueden confiar en el consejo de sus padres, tutores o representantes legales, la decisión final de declararse culpable (o inocente) recae en el propio menor. Esto preocupa a muchos académicos, ya que se considera que los menores carecen de autonomía suficiente para decidir si fumar, beber alcohol o votar en unas elecciones simplemente porque la ley no se lo permite; mientras que se les presiona para que se declaren culpables, cuando no tienen suficiente conciencia de lo que constituye un acto delictivo. Esto es coherente con el enfoque de que los menores no tienen plena capacidad civil. Por lo tanto, es necesario añadir un proceso y un procedimiento para garantizar que las decisiones de declararse culpables sean tomadas voluntariamente por los menores, sin ser coaccionados.
Además, la aplicación de la medida de internamiento en un reformatorio también requiere el consentimiento del menor infractor, lo cual resulta irrazonable. Se recomienda eliminar esta disposición. Al mismo tiempo, es necesario aclarar si modificar la medida de gestión de la desviación según el Artículo 85 requiere el consentimiento del menor. Dado que, de aplicarse la condición del Artículo 40, las agencias no podrán modificar la medida de gestión de la desviación si el menor no está de acuerdo.
En cuanto al cambio de la medida de desvío (artículo 82), una persona sujeta a una medida de desvío comunitario puede ser conmutada a otra medida de desvío comunitario o a una medida educativa en un reformatorio si se considera que la medida de desvío comunitario no logra el objetivo de educación y rehabilitación cuando incumple intencionalmente sus obligaciones. Sin embargo, según el artículo 36, la medida de desvío no se aplicará si, al momento de la consideración, el infractor tiene 18 años o más.
Por lo tanto, el delegado propuso revisar y reconsiderar el contenido de este cambio en la medida de redirección, porque la nueva medida de redirección fuera de la comunidad no se puede aplicar, ni tampoco se puede aplicar la medida de enviar a la persona a un reformatorio si la persona tiene 18 años de edad o más.
En este caso, es necesario agregar una disposición que establezca que si un menor viola las obligaciones de la medida de desvío cuando tiene 18 años de edad o más, el caso debe ser restablecido y se deben aplicar los procedimientos formales de acuerdo con las disposiciones del Código de Procedimiento Penal. Esta también es una disposición en el Artículo 20 de la Ley Modelo de las Naciones Unidas sobre Justicia Juvenil de 2013, que dice: En los casos en que un niño viole las condiciones asociadas a la medida de desvío, la autoridad competente puede decidir continuar los procedimientos judiciales formales contra el niño, teniendo en cuenta la medida de desvío que el niño ha realizado al momento de dictar sentencia. La admisión de responsabilidad por el presunto delito a los efectos de aplicar la medida de desvío no se utilizará contra el niño en el tribunal.
Quoc Huong
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Fuente: https://baothanhhoa.vn/dbqh-le-thanh-hoan-doan-dbqh-tinh-thanh-hoa-gop-y-vao-du-thao-luat-tu-phap-nguoi-chua-thanh-nien-228399.htm
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