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Modifica y complementa la normativa sobre apertura de carreras de formación en los niveles universitario, de máster y de doctorado

VietnamPlusVietnamPlus28/11/2024

El Ministerio de Educación y Formación modifica y complementa la Circular 02/2022/TT-BGDDT sobre la apertura de carreras de formación, aclarando la normativa sobre las "carreras adecuadas" en los niveles de doctorado y máster; condiciones para la apertura de carreras de formación en los niveles de máster y doctorado.


El Ministerio de Educación y Formación modifica y complementa la Circular 02/2022/TT-BGDDT sobre la apertura de carreras de formación, aclarando la normativa sobre las "carreras adecuadas" en los niveles de doctorado y máster; condiciones para la apertura de carreras de formación en los niveles de máster y doctorado.

(Foto de la ilustración: Thanh Tung/VNA)
(Foto de la ilustración: Thanh Tung/VNA)

El Ministerio de Educación y Formación acaba de emitir la Circular 16/2024/TT-BGDDT, que modifica y complementa varios artículos de la Circular 02/2022/TT-BGDDT, que estipula las condiciones, el orden y los procedimientos para la apertura de carreras de formación y la suspensión de su funcionamiento en los niveles universitario, de máster y de doctorado. La Circular entra en vigor el 5 de enero de 2025.

Normativa adicional sobre los profesores

En cuanto al personal docente, la Circular añade normas que establecen que el profesor encargado de elaborar e implementar el programa de formación y el profesor encargado de impartir el programa de formación deben ser profesores titulares que no hayan superado la edad máxima de jubilación de acuerdo con la normativa del Gobierno sobre jubilación a mayor edad de los servidores públicos en unidades de servicio público.

Cada año, estos profesores imparten directamente una serie de cursos obligatorios o dirigen tesis de máster y tesis doctorales en el marco del programa de formación.

Complementar la normativa sobre las especialidades adecuadas en los niveles de doctorado y maestría

La Circular complementa la normativa sobre las especializaciones adecuadas en los niveles de doctorado y maestría para algunas especializaciones de formación de nivel inferior que deben cumplir uno de los siguientes requisitos:

Mismo nombre que la carrera de formación o que cumpla con lo establecido en los estándares del programa de formación emitido por el Ministerio de Educación y Capacitación.

En caso de que no exista un programa de formación estándar para el campo o grupo de campos correspondiente, debe existir una base científica y práctica, determinada por el Consejo de Ciencia y Formación de la institución de formación como el campo con la base profesional más cercana al campo de formación, elegido por la mayoría de los graduados del campo de formación cuando estudian en un nivel superior; confirmado por el Ministerio de Educación y Formación con base en la opinión del Consejo Asesor Profesional establecido por el Ministerio de Educación y Formación.

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Los directores de la Universidad de Economía (Universidad de Danang) entregaron los certificados de graduación a los nuevos doctores en 2023. (Foto: Van Dung/VNA)

Una especialización adecuada a nivel de doctorado para una especialización de formación del mismo nivel debe cumplir uno de los siguientes requisitos:

Mismo nombre que la carrera de formación o que cumpla con lo establecido en los estándares del programa de formación emitido por el Ministerio de Educación y Capacitación.

En caso de que no exista un programa de formación estándar para el campo o grupo de carreras correspondiente: existe una base científica y práctica determinada por el Consejo Científico y de Formación de la institución de formación de que la carrera tiene el mismo bagaje profesional y pertenece al mismo grupo de carreras que la carrera de formación; confirmado por el Ministerio de Educación y Formación con base en la opinión del Consejo Asesor Profesional creado por el Ministerio de Educación y Formación.

Modificar y complementar las condiciones de apertura de carreras de formación en los niveles de máster y doctorado

La Circular 16 también modifica y complementa las condiciones para la apertura de programas de formación de maestría y doctorado. En consecuencia, las condiciones para la apertura de programas de formación de maestría incluyen regulaciones adicionales que exigen experiencia en la organización de formación e investigación científica relacionada con el programa de formación, cumpliendo una de las siguientes condiciones:

La especialidad de formación de maestría es una especialidad adecuada para una especialidad que ha sido formada y otorgada con un título a nivel universitario; en los últimos 5 años, el número de profesores especificado en la Cláusula 1, Artículo 5 ha tenido al menos 2 años de experiencia de enseñanza directa en más del 50% de las materias del programa de formación, y ha publicado un total de al menos 20 artículos e informes científicos en revistas científicas que son calificadas por el Consejo Estatal de Profesores para la especialidad de formación, como autor principal o autor correspondiente.

Respecto a las condiciones para la apertura de un programa de formación de doctorado, la Circular 16 modifica y complementa la normativa sobre tener experiencia en la organización de la formación y la investigación científica relacionada con el programa de formación, cumpliendo alguna de las siguientes condiciones:

La especialidad de formación doctoral es una especialidad adecuada para una especialidad que ha sido formada y ha obtenido un grado de maestría; en los últimos 5 años, el número de profesores especificado en la Cláusula 1, Artículo 6 ha participado en la dirección de 5 tesis doctorales en la especialidad de formación que han sido defendidas exitosamente (en otra institución de formación); al mismo tiempo, ha publicado un total de al menos 50 artículos e informes científicos en revistas científicas que son calificadas por el Consejo Estatal de Profesores para la especialidad de formación, como autor principal o autor correspondiente.

Además de ello, las instituciones de formación deben cumplir los criterios de los estándares de educación universitaria aplicados a las instituciones de formación doctoral, incluyendo la proporción de profesores de tiempo completo con título de doctor; la proporción de ingresos provenientes de actividades científicas y tecnológicas (excepto las instituciones de formación dependientes del Ministerio de Defensa Nacional y del Ministerio de Seguridad Pública); y el número promedio de publicaciones científicas y tecnológicas por profesor de tiempo completo.

Estudiantes en clase. (Fuente: VNA)

El Decreto 124/2024/ND-CP establece claramente que los programas de capacitación extranjeros implementados en Vietnam deben garantizar que no contengan contenido que sea perjudicial para la defensa nacional, la seguridad o los intereses públicos.


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Fuente: https://www.vietnamplus.vn/sua-doi-bo-sung-quy-dinh-ve-mo-nganh-dao-tao-trinh-do-dai-hoc-thac-sy-tien-sy-post995966.vnp

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