
El Reglamento Nº 148 se aplica a los jefes de los comités del Partido, de las organizaciones, organismos y unidades del Partido (en adelante, jefes de organismos); a los cuadros, funcionarios y empleados públicos del sistema político y a las unidades de servicio público (en adelante, cuadros).
La suspensión temporal de funcionarios bajo la dirección del Politburó y del Secretariado será considerada y decidida por el Politburó y el Secretariado.
La suspensión temporal de los cargos de miembros del Comité del Partido, diputados a la Asamblea Nacional , diputados al Consejo Popular, cargos judiciales, miembros del Comité del Frente de la Patria de Vietnam y miembros de los comités ejecutivos de las organizaciones sociopolíticas se realizará de conformidad con los reglamentos del Partido, las leyes estatales y los estatutos de la organización.
El Reglamento nº 148 estipula claramente las causas de suspensión temporal del trabajo en casos necesarios:
1) Funcionarios que violan cualidades éticas y estilos de vida, causando impactos negativos, indignación pública y afectando negativamente la reputación de organizaciones e individuos.
2) Los funcionarios demoran deliberadamente, eluden su responsabilidad y no realizan el trabajo dentro de su autoridad de acuerdo con las funciones y tareas asignadas.
3) Funcionarios que acosan, afectan negativamente o causan problemas a personas, empresas, agencias u organizaciones en el desempeño de sus funciones oficiales.
4) Los funcionarios que, estando bajo consideración y disciplinados, demoran o evitan intencionalmente cumplir con las solicitudes de las autoridades competentes durante el proceso de consideración y tramitación de sus propias violaciones o se aprovechan de su posición, autoridad o influencia o la de otros para influir o causar dificultades en la consideración y tramitación.
5) Los funcionarios que hayan sido disciplinados por el Partido en forma de advertencia o destitución y estén a la espera de la consideración y tramitación de sus cargos gubernamentales, y si continúan trabajando, afectará negativamente las actividades del Comité del Partido, organización, agencia o unidad del Partido.
Causales de suspensión temporal del trabajo en caso de indicios de infracciones graves:
1) Los funcionarios son procesados para servir a la investigación.
2) En el proceso de revisión y manejo de las violaciones de los funcionarios, si hay una base para determinar que se debe tomar una acción disciplinaria de advertencia o superior o manejarla por la ley penal, el organismo de inspección, examen, auditoría, investigación, procesamiento, juicio y ejecución tiene una solicitud escrita para suspender temporalmente al funcionario del trabajo.
Respecto de la facultad del jefe para suspender temporalmente el trabajo, el Reglamento Nº 148 establece claramente:
1) El jefe tiene derecho a decidir la suspensión temporal del trabajo de sus subordinados, de acuerdo con la Lista adjunta a este Reglamento, cuando concurra alguna de las causas especificadas en los artículos 4 y 5 del mismo. En los casos no incluidos en la Lista, el jefe de la autoridad competente en materia de nombramiento y gestión considerará y decidirá la suspensión temporal del trabajo.
El Politburó y el Secretariado examinan y deciden sobre la suspensión temporal de funcionarios bajo la dirección del Politburó y del Secretariado; los organismos y unidades llevarán a cabo los procedimientos pertinentes de acuerdo con los reglamentos.
2) Solicitar a las autoridades y personas pertinentes que proporcionen información y documentos relacionados con la decisión de suspender temporalmente los trabajos o solicitar a las autoridades competentes que inspeccionen, verifiquen, aclaren y manejen las violaciones de acuerdo con la reglamentación.
3) Exigir a los funcionarios suspendidos que cumplan con los requerimientos de las autoridades competentes o de personas competentes para atender la verificación, esclarecimiento y trámite de las infracciones.
Responsabilidades del jefe en suspensión temporal del trabajo:
El Reglamento nº 148 también estipula claramente la responsabilidad del jefe en caso de suspensión temporal del trabajo:
1) Emitir oportunamente la decisión de suspender temporalmente del trabajo a un funcionario subordinado cuando exista una de las causas especificadas en los artículos 4 y 5 del presente Reglamento; revocar la decisión de suspender temporalmente del trabajo a un funcionario subordinado en caso de incumplimiento de las normas o cuando se concluya que no hay violación, y al mismo tiempo informar a la autoridad competente a cargo de la gestión del funcionario.
2) Ser responsable de tomar decisiones sobre la suspensión temporal del trabajo y su cancelación. Anunciar las decisiones sobre la suspensión temporal del trabajo y su cancelación en la agencia o unidad donde trabaja el agente y comunicarlas a las agencias, unidades y personas pertinentes.
3) Cuando expire el período de suspensión temporal de un funcionario, si existen muchas circunstancias complicadas que requieren más tiempo para verificar y aclarar las violaciones del funcionario, se debe presentar un informe a la autoridad competente a cargo del manejo del funcionario antes de extender el período de suspensión temporal del funcionario.
El período de suspensión temporal del trabajo, en caso de ser necesario, no podrá exceder de quince días hábiles.
Respecto del período de suspensión temporal del trabajo, el Reglamento Nº 148 establece claramente:
El período de suspensión temporal del trabajo, de ser necesario, no excederá de 15 días hábiles. En caso de prórroga, el período máximo de prórroga de la suspensión temporal del trabajo no excederá de 15 días hábiles.
+ El período de suspensión temporal del trabajo en caso de indicios de violación grave de los reglamentos del Partido y las leyes del Estado se implementará a solicitud del organismo que lleva a cabo el proceso; inspección; examen; auditoría; o ejecución de la sentencia.
+ La decisión de suspender temporalmente el trabajo deja de surtir efecto automáticamente cuando expira el período de suspensión temporal.
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