Al informar sobre la explicación, recepción y revisión del proyecto de Ley sobre Docentes, el presidente del Comité de Cultura y Sociedad, Nguyen Dac Vinh, dijo: Después de la recepción y revisión, el proyecto de Ley consta de 9 capítulos y 42 artículos, 4 artículos menos que el proyecto de Ley presentado a la Asamblea Nacional al comienzo de la 9ª Sesión.
Respecto de los derechos de los docentes (artículo 8), el Sr. Nguyen Dac Vinh dijo: Hay una propuesta para agregar docentes en instituciones de educación vocacional para que participen en la gestión y operación de las empresas.
El Comité Permanente de la Asamblea Nacional reconoce que permitir la participación del profesorado universitario en la gestión y operación de empresas es una nueva política que se ha debatido a fondo y cuenta con un alto nivel de consenso. Sin embargo, la extensión de esta política al profesorado de las instituciones de formación profesional requiere mayor estudio, evaluación y aplicación práctica para contar con fundamento suficiente para su consideración y regulación oportuna.
Respecto a lo que no se puede hacer (artículo 11), hay sugerencias para agregar regulaciones que prohíban a los maestros dar lecciones extras en violación de la ley, prohibir lecciones extras a estudiantes a quienes los maestros están enseñando directamente; y aclarar que las organizaciones e individuos no están autorizados a publicar o difundir información sobre los maestros.
Hay sugerencias para agregar el concepto de "enseñanza extra"; regular la gestión de la enseñanza y el aprendizaje extra para mejorar la calidad de la enseñanza y el aprendizaje en las escuelas; asignar al Gobierno la elaboración de un conjunto de reglamentos sobre la enseñanza y el aprendizaje extra y prohibir a los profesores dar enseñanza extra en violación de la ley; proponer prohibir a los profesores dar enseñanza extra a los estudiantes a los que enseñan directamente.
Con respecto a este contenido, el Comité Permanente de la Asamblea Nacional indicó que la gestión de la docencia y el aprendizaje adicionales se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley de Educación y se regulará específicamente en el documento de orientación para su implementación. El proyecto de Ley del Profesorado no prohíbe la docencia y el aprendizaje adicionales, sino que únicamente estipula que no se permite al profesorado obligar al alumnado a participar en actividades extraescolares de ninguna forma, con el fin de limitar y superar la situación generalizada de la docencia y el aprendizaje adicionales y el lucro cesante con estas actividades. Actualmente, el Ministerio de Educación y Formación ha emitido un documento que regula la docencia y el aprendizaje adicionales, que establece claramente la prohibición del profesorado de impartir docencia adicional al alumnado al que imparte clases directamente.
En cuanto a la política de salarios, prestaciones, apoyos y atracción de docentes (artículos 25, 26, 27), existen opiniones que sugieren aclarar las normas sobre el ordenamiento de los salarios docentes en el nivel más alto del sistema de escala salarial de la carrera administrativa; asegurar la equidad en los salarios entre los docentes del sector público y del sector no público.
El Comité Permanente de la Asamblea Nacional considera que los docentes de las instituciones educativas públicas son servidores públicos; por lo tanto, los salarios de los docentes se implementan de acuerdo con la escala salarial de carrera administrativa que se aplica comúnmente a los servidores públicos.
El proyecto de Ley estipula el principio de que los salarios docentes ocupen el primer lugar en la escala salarial de la carrera administrativa, con el fin de institucionalizar la política del Partido, contenida en la Conclusión n.º 91-Kl/TW del Politburó, sobre la continuación de la implementación de la Resolución n.º 29-NQ/TW del Comité Ejecutivo Central sobre innovación fundamental e integral en educación y formación. El Gobierno especificará detalladamente la normativa sobre salarios y prestaciones docentes, incluyendo coeficientes, salarios iniciales y mecanismos de clasificación salarial para docentes en instituciones educativas autónomas, en el documento de orientación para la implementación, a fin de garantizar la flexibilidad, la viabilidad, la correlación y la equidad con los funcionarios públicos del sistema político.
Delegados de la Asamblea Nacional en la sesión
Respecto a la propuesta de revisar la normativa sobre los salarios docentes para garantizar la equidad entre los docentes de los sectores público y no público, el Comité Permanente de la Asamblea Nacional dijo: El proyecto de ley presentado a la Asamblea Nacional en la VIII Sesión contiene disposiciones sobre las políticas salariales aplicables a los docentes no públicos, garantizando que el salario no sea inferior al de los docentes públicos con el mismo nivel de formación y título.
Sin embargo, muchos delegados señalaron que esta regulación es irrazonable, viola el principio de voluntariedad y autonomía de las instituciones educativas no públicas, y podría conducir a un aumento de las tasas de matrícula y otros recargos, afectando la política de socialización de la educación.
Incorporando las opiniones de los diputados de la Asamblea Nacional en la VIII sesión, el proyecto de ley fue revisado en el sentido de que los salarios de los docentes en las instituciones educativas no públicas se implementen de conformidad con las disposiciones de la ley laboral.
De hecho, para atraer a buenos docentes, muchas instituciones educativas no públicas están dispuestas a pagar salarios e ingresos mucho más altos que los salarios actuales de los docentes del sector público con las mismas cualificaciones y títulos. Por lo tanto, el proyecto de ley estipula garantizar la autonomía de las instituciones educativas no públicas en el pago de los salarios docentes, según las condiciones prácticas.
Fuente: https://phunuvietnam.vn/quy-dinh-nha-giao-khong-duoc-ep-hoc-them-duoi-moi-hinh-thuc-20250616092304072.htm
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