Más de dos años después de la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio entre el Reino Unido y Vietnam (UKVFTA), las empresas vietnamitas y británicas han comenzado a aprovechar las oportunidades que ofrece el acuerdo.
El comercio bilateral entre Vietnam y el Reino Unido es uno de los puntos brillantes, con transacciones totales de importación y exportación en ambos sentidos que alcanzaron los 5.870 millones de dólares en los primeros 10 meses de 2023, un 1,6% más que en el mismo período del año pasado.
Durante este período, muchos de los principales artículos de exportación de Vietnam tuvieron un crecimiento significativo, incluidos productos de caucho (66%), cables y alambres eléctricos (55,5%), teléfonos y componentes de todo tipo (21%), maquinaria y equipo (15,5%) y productos agrícolas como frutas y verduras (15,5%), anacardos (7,2%) y café (5,7%).
Procesamiento de productos de piña enlatados para exportación en An Gang. Foto: Vu Sinh/VNA
Sin embargo, esto también conlleva problemas. La necesidad de utilizar instrumentos de defensa comercial y el número de demandas en este sentido por ambas partes está aumentando debido a que el UKVFTA implica drásticas reducciones arancelarias, lo que genera una alta competencia entre empresas.
Por lo tanto, las empresas vietnamitas deben comprender y comprender plenamente los compromisos del acuerdo para preparar y aprovechar los beneficios del TLC, protegiendo al mismo tiempo sus intereses legítimos.
Actualmente, Vietnam cuenta con un sistema de regulaciones legales en materia de defensa comercial de acuerdo con las normas de la OMC y las prácticas internacionales para iniciar investigaciones y aplicar medidas de defensa comercial para proteger sus intereses en el contexto de la implementación de los Acuerdos.
Las disposiciones sobre defensa comercial en los dos Acuerdos El Acuerdo UKVFTA se negocia con base en el principio de heredar los compromisos existentes en el Acuerdo EVFTA con los ajustes necesarios para garantizar el cumplimiento del marco comercial bilateral entre las dos partes.
El contenido de la defensa comercial en ambos acuerdos es similar. Ambos acuerdos establecen disposiciones sobre defensa comercial en el Capítulo 3 del EVFTA, que incluye 3 Secciones y 14 Artículos, y estipulan compromisos entre Vietnam y la UE sobre los principios y métodos para aplicar medidas de defensa comercial (incluidas las medidas antidumping, antisubvenciones y de legítima defensa) a las exportaciones de bienes de cada Parte.
Respecto de las medidas de salvaguardia, este Capítulo contiene disposiciones separadas sobre medidas de salvaguardia bilaterales entre Vietnam y la UE/Reino Unido, además de las medidas de salvaguardia globales en el marco de la OMC.
El capítulo sobre medidas de defensa comercial de ambos Acuerdos incluye disposiciones relacionadas con el uso de las herramientas tradicionales de defensa comercial en la OMC (incluidas medidas antidumping, antisubvenciones y de legítima defensa). En esencia, el contenido de la defensa comercial se basa en las normas de la OMC, complementando al mismo tiempo los principios progresistas, en consonancia con nuestro sistema jurídico de defensa comercial, lo que facilita que la economía y los sectores productivos nacionales cuenten con herramientas de defensa legales y progresistas, garantizando así la eficacia de su participación en el Acuerdo.
Empaquetado de arroz para exportación en la fábrica del Grupo Loc Troi. Foto: VNA
Los nuevos puntos en materia de defensa comercial en el Acuerdo frente a los estándares de la OMC son:
- Complementar la normativa para limitar el uso de estas herramientas, evitar abusos y garantizar la equidad y la transparencia. Esta normativa crea un entorno comercial más estable y favorable para las empresas exportadoras. Por lo tanto, además de cumplir con la normativa de la OMC, en el proceso de iniciar, investigar y aplicar medidas antidumping y contra la falsificación, las autoridades competentes deben garantizar:
+ Divulgación de información: Toda la información y los datos de referencia necesarios para la toma de decisiones sobre medidas de defensa comercial deben divulgarse inmediatamente después de la aplicación de las medidas provisionales y antes de que se tome la decisión final. La divulgación debe hacerse por escrito y debe otorgar a las partes interesadas un plazo razonable para presentar sus observaciones.
+ Oportunidad de comentar: Las partes interesadas tienen la oportunidad de expresar sus puntos de vista durante la investigación (siempre que esto no obstaculice el proceso de investigación y provoque que la investigación se demore).
El principio de aplicar tipos impositivos más bajos, es decir, los impuestos antidumping o antisubvenciones, solo se aplican a un nivel suficiente para eliminar el daño (aunque la OMC no exige el uso de esta regla). Esto ayuda a ambas partes a limitar las decisiones de imponer impuestos con tipos innecesariamente altos.
- Un punto importante es que, según el compromiso del EVFTA, ambas partes no aplicarán medidas antidumping y antisubvenciones si esto no está en línea con los intereses públicos (es decir, además de considerar la situación de la industria manufacturera nacional, el país investigador también debe considerar la situación y las opiniones de los importadores, las asociaciones industriales, las organizaciones de representantes de los consumidores y las empresas posteriores).
- Medidas de salvaguardia globales: El EVFTA estipula que las partes continúen cumpliendo con las regulaciones de la OMC sobre medidas de salvaguardia globales, al tiempo que agrega los siguientes compromisos:
+ Notificación: la parte que inicia la investigación/se prepara para aplicar medidas debe notificar por escrito toda la información básica y los fundamentos de la decisión en el caso a solicitud de la otra parte;
+ Método: Se deben crear condiciones para los intercambios bilaterales entre las dos partes sobre medidas de salvaguardia y las medidas de salvaguardia sólo pueden aplicarse oficialmente después de 30 días desde el fracaso de los intercambios bilaterales.
Los dos Acuerdos también estipulan un mecanismo bilateral de autodefensa para garantizar que las reducciones arancelarias previstas en el Acuerdo no afecten negativamente a las industrias manufactureras nacionales. Dicho mecanismo se aplicará durante un período de transición de 10 años, creando así una base jurídica para garantizar el derecho de las partes a utilizar mecanismos legítimos de autodefensa para proteger a las industrias manufactureras nacionales en caso de perjuicio o amenaza de perjuicio debido a las reducciones arancelarias previstas en el Acuerdo.
Thu Ha
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