El Ministerio de Industria y Comercio ha aplicado oficialmente medidas antidumping sobre algunos productos de torres de energía eólica originarios de China.
El Departamento de Medidas Comerciales Remediales (Ministerio de Industria y Comercio) informó que, el 24 de diciembre de 2024, basándose en las conclusiones del organismo de investigación, el Ministerio de Industria y Comercio emitió la Decisión n.º 3453/QD-BCT para aplicar medidas antidumping oficiales durante un período de 5 años a varios productos de torres de energía eólica originarios de la República Popular China (China). La Decisión entra en vigor 15 días después de su firma y promulgación.
En consecuencia, el Ministerio de Industria y Comercio decidió aplicar medidas antidumping oficiales contra una serie de productos de torres de energía eólica originarios de China bajo los códigos de productos (códigos SA) 7308.20.11 y 7308.20.19, en caso de que se importen como parte de un generador de energía eólica, se clasifican en los códigos SA 8502.31.10 y 8502.31.20 (código de caso: AD 18).
Torre de energía eólica. Foto ilustrativa. |
En el Aviso adjunto a la Decisión n.º 3453⁄QD-BCT, las torres eólicas sujetas al impuesto antidumping forman parte de aerogeneradores, generalmente con una estructura cilíndrica de acero. La torre eólica es la pieza que conecta la base de la torre con la carcasa del aerogenerador. Este producto se construye sobre la base de la torre para soportar el aerogenerador y las palas, y soporta la fuerza durante el funcionamiento del aerogenerador.
Además, la Conclusión Final de Investigación de la Autoridad Investigadora determinó que existía: Dumping de las mercancías importadas investigadas; la industria nacional sufría un daño significativo; existía una relación causal entre la importación de las mercancías objeto de dumping y el daño significativo a la industria nacional.
Tasas oficiales de impuestos antidumping, específicamente: Jiangsu Zhenjiang New Energy Equipment Co., Ltd. no impone impuestos antidumping; las organizaciones e individuos que producen y exportan bienes originarios de China, la tasa de impuesto antidumping es del 97%.
En cuanto a los próximos procedimientos, el Aviso establece claramente que después de que la Decisión No. 3453/QD-BCT entre en vigor, el Ministerio de Industria y Comercio se coordinará con las agencias de gestión pertinentes para inspeccionar, monitorear y supervisar de manera efectiva la implementación de la Decisión en función de la situación de las mercancías importadas sujetas al impuesto antidumping y las mercancías que probablemente evadan las medidas antidumping proporcionadas por las autoridades aduaneras con base en las disposiciones del Artículo 14 del Decreto No. 10/2018/NQ-CP del 15 de enero de 2018 del Gobierno que detalla una serie de artículos de la Ley de Gestión del Comercio Exterior sobre medidas de defensa comercial.
Decisión 3453/QD-BCT véase aquí
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Fuente: https://congthuong.vn/bo-cong-thuong-ap-dung-chong-ban-pha-gia-chinh-thuc-voi-mot-so-san-pham-thap-dien-gio-tu-trung-quoc-366215.html
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