Ante la situación de altos precios del café, el Gobierno argelino emitió el Decreto nº 24-279 del 20 de agosto de 2024 que regula el precio máximo de consumo de café y el margen máximo de beneficio en la importación, distribución, venta al por mayor y al por menor de este producto en el mercado local.
De acuerdo con el artículo 2 del Decreto, el precio máximo del café en el momento del consumo (incluidos todos los impuestos) se fija de la siguiente manera: 1 kg de granos de café arábica verde, tostado o molido tiene un precio de venta de 1.250 dinas argelinas (9,45 USD) y 1 kg de granos de café robusta verde, tostado o molido tiene un precio de venta de 1.000 dinas argelinas (7,56 USD).
Argelia establece topes para el precio del café y márgenes de beneficio para los importadores. Foto ilustrativa. |
El margen de beneficio para la importación de granos de café verde para su reventa en su estado original es de un máximo del 3% sobre el valor en aduana (según el artículo 3 del Decreto). El artículo 4 estipula que el margen de beneficio aplicable a los productos elaborados con granos de café verde importados para su procesamiento es de un máximo del 4% sobre el precio de costo.
De acuerdo con el Artículo 5, las unidades del Ministerio de Comercio y Promoción de Exportaciones deben publicar periódicamente en sus sitios web oficiales, así como por otros medios apropiados, el precio de referencia del café verde en grano aplicado en el mercado internacional. Para obtener la compensación por la diferencia, de acuerdo con el Artículo 8, las empresas correspondientes deben comparar dicho precio de compra de referencia.
Las empresas que importen café verde a precios superiores al precio de referencia deberán presentar la documentación pertinente al Comité de Compensación (presidido por el Ministro de Comercio) para la evaluación de las subvenciones (Artículo 14). Si se determina que dicha documentación es infundada, se rechazará la solicitud de compensación.
De aprobarse, se otorgará una compensación a las empresas que importen café verde con cargo al presupuesto estatal para garantizar el mantenimiento del precio máximo de consumo, de conformidad con el artículo 2 del Decreto. Esta compensación se aplica únicamente al café importado destinado al mercado nacional.
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Fuente: https://congthuong.vn/algeria-an-dinh-gia-tran-ca-phe-va-bien-do-loi-nhuan-doi-voi-nha-nhap-khau-348242.html
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