La Circular 32/2023/TT-BCA derogó la normativa sobre la publicación de los planes de patrullaje y control. Esto significa que, a partir del 15 de septiembre de 2023, no se permitirá a las personas realizar inspecciones especializadas por parte de la policía de tránsito de ningún tipo.
A partir del 15 de septiembre, las personas no podrán dejar inspeccionar sus vehículos por la policía de tránsito. |
04 casos en los que la policía de tránsito pudo detener vehículos para inspección a partir del 15 de septiembre de 2023
Los agentes de policía de tránsito que realicen funciones de patrullaje y control según lo planificado están autorizados a detener vehículos para su control en los siguientes casos:
- Detectar directamente o a través de medios y equipos técnicos profesionales, detectar y recoger las infracciones a las leyes de tránsito y otras infracciones a las leyes;
- Implementar las órdenes y planes de control general de vehículos para garantizar el orden y la seguridad del tránsito vial y el orden social; planes de patrullaje, control y manejo de infracciones según cuestiones temáticas para garantizar el orden y la seguridad del tránsito vial y el orden social emitidos por las autoridades competentes;
- Existe una solicitud escrita del Jefe o Subjefe del organismo de investigación; una solicitud escrita de una autoridad competente pertinente para detener un vehículo para su inspección con el fin de garantizar la seguridad y el orden; combatir y prevenir delitos; prevenir y combatir desastres naturales, incendios y explosiones; prevenir y combatir epidemias; y realizar rescates y otras infracciones de la ley. La solicitud escrita debe especificar la hora, la ruta, el vehículo que se detendrá para la inspección, el manejo y las fuerzas participantes.
- Existen informes, reflexiones, recomendaciones y denuncias de organizaciones e individuos sobre violaciones a la ley por parte de personas y vehículos que participan en el tráfico vial.
A partir del 15 de septiembre, las personas no podrán dejar inspeccionar sus vehículos por la policía de tránsito.
La Sección 1 del Capítulo III de la Circular 32/2023/TT-BCA estipula el desarrollo, promulgación e implementación de los planes de patrullaje y control de la siguiente manera:
* Desarrollar y emitir planes de patrullaje y control.
- El Director del Departamento de Policía de Tránsito asesora al Ministro de Seguridad Pública para emitir planes o emitir directamente planes para patrullar, controlar y manejar las violaciones al orden de tránsito y las leyes de seguridad en las rutas de tránsito a nivel nacional.
- El Director de la Policía Provincial emite un plan para patrullar, controlar y manejar las violaciones al orden de tránsito y las leyes de seguridad en las rutas de tránsito dentro de los límites administrativos de la provincia.
- El Jefe del Departamento de Patrulla y Control del Tráfico Vial y Ferroviario; el Jefe del Departamento de Policía de Tránsito; el Jefe del Departamento de Policía Distrital emitirán planes para el patrullaje, control y manejo de las violaciones a las leyes sobre el orden y seguridad del tránsito vial dentro de las rutas y áreas asignadas, y la descentralización según lo prescrito en los artículos 5 y 6 de esta Circular.
- Jefes de equipo: Equipo de patrulla y control de tránsito de carreteras; Equipo de policía de tránsito; Equipo de policía de tránsito vial; Equipo de patrulla y escolta; Equipo de orden de policía de tránsito, Equipo móvil de orden de policía de tránsito, Equipo móvil de orden de policía de tránsito - Gestión administrativa - Orden de tráfico (en adelante, Equipo de orden de policía de tránsito); El jefe de la estación de policía de tránsito organiza e implementa planes de patrulla y control para los equipos subordinados de la policía de tránsito (de acuerdo con el formulario prescrito por el Ministerio de Seguridad Pública).
* Implementar plan de patrullaje y control
- Jefe del Equipo de Policía de Tránsito: Antes de patrullar y controlar, el Jefe del Equipo debe difundir e informar completamente a los miembros del Equipo sobre el contenido del plan de patrullaje y control y otros contenidos relacionados; verificar el trabajo de preparación para el patrullaje, control y manejo de las infracciones; pasar lista; verificar uniformes; número de la Policía Popular; tarjeta de identificación de la Policía Popular (cuando se disponga de oficiales disfrazados); reglamentos internos; medios de transporte; medios y equipo técnico; armas, herramientas de apoyo; formularios pertinentes y otros medios técnicos; recordar a cada miembro del Equipo el puesto de trabajo y las tareas; emitir órdenes para realizar patrullajes y controles cuando todas las condiciones estén plenamente garantizadas de acuerdo con los requisitos y la seguridad.
- Miembro del equipo: Comprender el contenido del plan, las tareas, el puesto y la forma de comunicación; realizar de forma proactiva el trabajo de preparación asignado por el líder del equipo.
- Los medios de transporte; equipos técnicos profesionales y vehículos; armas, herramientas de apoyo; demás equipos técnicos proporcionados al Cuerpo de Policía de Tránsito deben ser gestionados y utilizados conforme a la reglamentación; y registrados específicamente en el Libro de Seguimiento y Gestión (según el modelo que prescriba el Ministerio de Seguridad Pública).
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Actualmente, en la Sección 1, Capítulo III de la Circular 65/2020/TT-BCA, además de las regulaciones sobre la autoridad para emitir planes de patrullaje y control; organizar la implementación de los planes de patrullaje y control, también existen regulaciones sobre la publicación de los planes de patrullaje y control, específicamente como sigue:
- Los jefes del Departamento de Orientación y Control de Patrulla de Tránsito Vial, los jefes del Departamento de Policía de Tránsito y los jefes de la Policía a nivel de Distrito son responsables de anunciar públicamente los planes de patrullaje y control de acuerdo con las regulaciones del Ministerio de Seguridad Pública sobre la implementación de la democracia para garantizar el orden y la seguridad del tráfico, incluyendo:
+ Plan de control general de vehículos de carretera;
+ Plan de patrullaje, control y atención de infracciones según temas de tránsito;
+ Planificar el patrullaje, control y manejo de infracciones regularmente en las rutas y áreas asignadas.
- Formulario de anuncio público
+ Publicado en la oficina de recepción ciudadana de la unidad;
+ Publicado en el sitio web del Departamento de Policía de Tránsito o en el sitio web del Departamento de Policía Provincial, Departamento de Policía de Tránsito;
+ Público en medios masivos;
+ Aplicar otras formas de divulgación según lo prescriba la ley.
- Contenido del anuncio público (según formulario N° 01 emitido con esta Circular)
+ Unidad encargada del patrullaje, control y atención de infracciones;
+ Rutas de patrullaje, control y atención de infracciones;
+ Tipo de vehículo, infracción a controlar y atender;
+ Es hora de implementar el plan.
Así, en comparación con la Circular 65/2020/TT-BCA, la Circular 32/2023/TT-BCA ha derogado la normativa sobre la publicación de los planes de patrullaje y control. Esto significa que, a partir del 15 de septiembre de 2023, no se permitirá a las personas realizar inspecciones especializadas por parte de la policía de tránsito en ningún tipo de inspección. Según la Circular 65/2020/TT-BCA, las personas no podrán realizar inspecciones especializadas por parte de la policía de tránsito cuando sus vehículos sean detenidos para inspección, pero sí podrán realizarlas a través de los medios de comunicación, las oficinas de atención al ciudadano, etc.
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Nota: Aunque los ciudadanos no tienen permitido inspeccionar a la policía de tránsito, aún tienen derecho a supervisar a la policía de tránsito cuando patrulla, controla y maneja las infracciones administrativas a través de los siguientes formularios:
- A través de la información pública de la Policía Popular y la retroalimentación a través de los medios de comunicación masivos.
- A través de los órganos de vigilancia que señale la ley.
- A través del contacto directo y resolución de trabajos con oficiales y soldados.
- A través de los resultados del manejo de casos, peticiones, quejas, denuncias, recomendaciones y reflexiones.
- Mediante dispositivos de grabación, grabación de vídeo u observación directa pero debiendo garantizar las siguientes condiciones:
+ No afectar las actividades normales de los oficiales y soldados en el desempeño de sus funciones;
+ Fuera del área de garantía del orden y seguridad del tráfico (para lugares donde se implementan áreas de orden y seguridad del tráfico);
+ Cumplir con otras normativas legales pertinentes.
(Artículo 11 Circular 67/2019/TT-BCA)
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