El 13 de marzo, el Ministerio de Industria y Comercio emitió la Circular No. 18/2025/TT-BCT que modifica, complementa y deroga una serie de reglamentos en las circulares que regulan el comercio de petróleo para adaptarlos a las prácticas de gestión y las actividades de comercio de petróleo en Vietnam.
Uno de los aspectos más destacados de la Circular 18/2025/TT-BCT es la adición de regulaciones sobre informes sobre el uso de almacenes de petróleo aplicables a los mayoristas y distribuidores de petróleo que poseen almacenes de petróleo para arrendamiento y alquilan almacenes de petróleo; asignando la responsabilidad de la gestión estatal sobre el uso de los almacenes.
En concreto, los comerciantes clave en el sector petrolero, es decir, los que distribuyen petróleo con almacenes propios para su arrendamiento a otros comerciantes, son responsables de informar trimestralmente sobre la situación del uso y el arrendamiento del almacén, según el formulario emitido, al Ministerio de Industria y Comercio y al Departamento de Industria y Comercio de la zona donde el comerciante arrienda el almacén, antes del día 10 del primer mes del período siguiente. En consecuencia, la información que debe reportarse incluye: nombre y dirección del almacén; capacidad total del almacén; nombre, dirección del comerciante que arrienda el almacén, tanque, capacidad arrendada y producción de petróleo a través del almacén durante el período del informe.
El Ministerio de Industria y Comercio emitió una Circular que modifica, complementa y deroga diversas normas sobre el comercio de petróleo. Foto: Departamento de Gestión del Mercado.
Los comerciantes mayoristas y distribuidores de petróleo que alquilan almacenes para sus actividades de comercialización de petróleo deben informar trimestralmente sobre el uso del almacén alquilado, según el formulario emitido, al Ministerio de Industria y Comercio y al Departamento de Industria y Comercio de la zona donde el comerciante alquila el almacén, antes del día 10 del primer mes del período siguiente. La información que debe reportarse incluye: nombre y dirección del almacén alquilado; nombre, propietario del almacén alquilado, tanque, capacidad alquilada; producción total de petróleo a través del almacén durante el período del informe.
El Departamento de Industria y Comercio de las provincias y ciudades centrales inspeccionará y supervisará la ejecución de los contratos de arrendamiento de almacenes, así como el volumen de petróleo importado y exportado a través de los almacenes de los comerciantes petroleros que los alquilan en la zona. Asimismo, estipulará que, en caso de detectar indicios de que los comerciantes no utilicen el almacén alquilado conforme al contrato firmado, deberán informar de inmediato al Ministerio de Industria y Comercio para una gestión coordinada.
Además, la Circular n.º 18/2025/TT-BCT estipula las obligaciones del agente minorista de gasolina al firmar un contrato para actuar como tal. Si un comerciante firma un contrato de agencia con dos o tres comerciantes que sean distribuidores o distribuidores clave de gasolina, el comerciante deberá elaborar un informe sobre las modificaciones y adiciones al contrato de agencia y enviarlo a la autoridad competente para solicitar la emisión de certificados adicionales o modificados, y certificados, según lo dispuesto en el punto b, cláusula 4, artículo 20, y el punto b, cláusula 2, artículo 25 del Decreto n.º 83/2014/ND-CP, para modificar o complementar la información sobre el comerciante que suministra gasolina en el certificado de elegibilidad para actuar como agente minorista de gasolina y el certificado de tienda minorista de gasolina habilitada.
En el caso en que un comerciante tenga solo una estación de servicio minorista y firme un contrato de agencia de gasolina con dos o tres comerciantes que sean comerciantes principales o distribuidores de gasolina, el comerciante debe preparar un expediente solicitando la emisión de un Certificado de Confirmación suplementario o modificado según lo prescrito en el Punto b, Cláusula 2, Artículo 25 del Decreto No. 83/2014/ND-CP para modificar o complementar la información sobre el proveedor de la estación de servicio en el Certificado de estación de servicio calificada.
Además, para mejorar el proceso de gestión de precios de la gasolina según los documentos legales vigentes, los documentos legales recientemente emitidos y las Conclusiones de las agencias de inspección y examen, y la práctica actual de gestión de precios de la gasolina, la Circular No. 18/2025/TT-BCT del 13 de marzo de 2025 ha agregado regulaciones sobre el mecanismo de gestión de precios de la gasolina, específicamente: "Con base en los datos sobre los elementos que constituyen el precio base de la gasolina según las regulaciones y las opiniones escritas sobre la gestión de precios de la gasolina del Ministerio de Finanzas , el Ministerio de Industria y Comercio anunciará el precio base y el precio de venta de la gasolina".
La Circular también modifica y complementa el reglamento sobre inspección y emisión de Certificados y Certificaciones. En particular, se elimina el reglamento sobre inspección y emisión de Certificados de habilitación para actuar como agentes generales de comercialización de petróleo. De conformidad con lo dispuesto en el punto a, cláusula 2, artículo 2 del Decreto 80/2023/ND-CP, los comercializadores a quienes se les hayan otorgado Certificados de habilitación para actuar como agentes generales de comercialización de petróleo podrán continuar operando hasta su vencimiento.
De esta manera, para los agentes petroleros generales cuyo Certificado de Confirmación aún se encuentra vigente, durante la operación no se requieren procedimientos administrativos para una nueva emisión y únicamente se mantienen los procedimientos para modificar, complementar y reemitir el Certificado de elegibilidad para actuar como agente petrolero general.
Para cumplir con los requisitos de la administración estatal sobre el registro, la asignación y el ajuste del límite mínimo total de fuentes de petróleo para los comerciantes de petróleo de una manera específica, clara, justa y factible según la Conclusión de la Inspección Gubernamental , la Circular ha sido revisada y complementada con requisitos sobre el plazo para el registro, la asignación y el ajuste de la fuente total. Al mismo tiempo, se agrega la disposición que exige que los comerciantes de petróleo garanticen el progreso de la importación o compra de petróleo nacional de acuerdo con las regulaciones. En caso de necesidad, para garantizar el suministro de petróleo para el mercado interno, el Ministerio de Industria y Comercio especificará el progreso de la importación y compra de petróleo nacional o el ajuste del límite mínimo total de fuentes de petróleo para que los comerciantes lo implementen.
Esta Circular deroga la normativa sobre el Grupo Intersectorial para la gestión de los precios de la gasolina estipulada en la Circular Conjunta No. 39/2014/TTLT-BCT-BTC que regula el método de cálculo de los precios base; el mecanismo para formar, gestionar y utilizar el Fondo de Estabilización de Precios y gestionar los precios de la gasolina según lo estipulado en el Decreto No. 83/2014/ND-CP del 3 de septiembre de 2014 del Gobierno sobre el comercio de la gasolina.
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Fuente: https://vietnamnet.vn/thay-doi-mot-so-quy-dinh-ve-kinh-doanh-xang-dau-2380739.html
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