Sujetos que participan en el seguro social obligatorio
Español De acuerdo con la normativa, los sujetos que participan en el seguro social obligatorio incluyen: 1- Los empleados sujetos a la participación en el seguro social obligatorio cumplen las disposiciones de los puntos a, b, c, g, h, i, k, l, m y n, Cláusula 1 y Cláusula 2, Artículo 2 de la Ley del Seguro Social; Los empleados especificados en los puntos a, b, c, i, k, l, Cláusula 1 y Cláusula 2, Artículo 2 de la Ley del Seguro Social son enviados a estudiar, hacer prácticas, trabajar dentro del país y en el extranjero, pero aún así reciben un salario en el país; 2- Los propietarios de hogares comerciales con registro comercial especificado en el punto m, Cláusula 1, Artículo 2 de la Ley del Seguro Social; 3- Los sujetos especificados en la Cláusula 2 anterior y el punto n, Cláusula 1, Artículo 2 de la Ley del Seguro Social que también están sujetos a muchos sujetos especificados en la Cláusula 1, Artículo 2 de la Ley del Seguro Social, la participación en el seguro social obligatorio deberá cumplir con otras disposiciones; 4- Los sujetos que reciben beneficios del seguro social y subsidios mensuales que no están sujetos a la participación obligatoria en el seguro social según lo prescrito en el Punto a, Cláusula 7, Artículo 2 de la Ley del Seguro Social incluyen: Personas que reciben subsidios mensuales por pérdida de capacidad laboral; Personas que reciben subsidios mensuales según lo prescrito en el Decreto No. 09/1998/ND-CP del 23 de enero de 1998 del Gobierno que modifica y complementa el Decreto No. 50/CP del 26 de julio de 1995 del Gobierno sobre gastos de manutención para funcionarios de comunas, barrios y ciudades; Personas que reciben subsidios mensuales según lo prescrito en la Decisión No. 91/2000/QD-TTg del 4 de agosto de 2000 del Primer Ministro sobre subsidios para quienes han alcanzado la edad laboral en el momento de dejar de recibir subsidios mensuales por pérdida de capacidad laboral; Personas que reciben asignaciones mensuales según lo dispuesto en la Decisión n.º 142/2008/QD-TTg del Primer Ministro (fuerzas armadas), de 27 de octubre de 2008; Personas que reciben asignaciones mensuales según el artículo 23 de la Ley del Seguro Social. 5- Sujetos especificados en el punto a, cláusula 1, artículo 2 de la Ley del Seguro Social que trabajan a tiempo parcial y cuyo salario mensual calculado según lo dispuesto en la cláusula 2, artículo 7 de este Decreto es inferior al salario más bajo utilizado como base para las contribuciones obligatorias al seguro social; Los empleados que trabajan con contratos de prueba según lo dispuesto en la legislación laboral no están sujetos a la participación obligatoria en el seguro social.
Inscribirse en el seguro social obligatorio y expedir la libreta del seguro social

El registro para participar en el seguro social y la emisión de los libros del seguro social se llevan a cabo de conformidad con las disposiciones del artículo 28 de la Ley del Seguro Social y se especifican en detalle de la siguiente manera: Los sujetos especificados en la Cláusula 2 anterior y el Punto n Cláusula 1 del Artículo 2 de la Ley del Seguro Social, si se registran para participar en el seguro social a través de un hogar comercial, empresa, cooperativa o unión cooperativa que participe en la gestión, deberán cumplir con las disposiciones de la Cláusula 1 del Artículo 28 de la Ley del Seguro Social; Los sujetos especificados en la Cláusula 2 anterior y el Punto n Cláusula 1 del Artículo 2 de la Ley del Seguro Social, si se registran para participar en el seguro social directamente con la agencia del seguro social, deberán cumplir con las disposiciones de la Cláusula 2 del Artículo 28 de la Ley del Seguro Social; Los sujetos especificados en el Punto g Cláusula 1 del Artículo 2 de la Ley del Seguro Social deberán presentar el formulario de solicitud especificado en el Punto b Cláusula 1 del Artículo 27 de la Ley del Seguro Social a la agencia del seguro social antes de ir a trabajar al extranjero.
Español Los organismos y organizaciones que gestionan cuadros, funcionarios, empleados públicos y trabajadores antes de ser designados como miembros de los organismos representativos de la República Socialista de Vietnam en el extranjero deberán registrarse para participar en el seguro social para los sujetos especificados en el Punto h, Cláusula 1, Artículo 2 de la Ley de Seguro Social de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 1, Artículo 28 de la Ley de Seguro Social.
Fuente: https://www.sggp.org.vn/quy-dinh-moi-ve-bao-hiem-xa-hoi-bat-buoc-post807362.html
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