
En consecuencia, el Comité Popular Provincial encargó al Departamento de Finanzas la tarea de presidir y coordinar con los departamentos y organismos pertinentes la implementación de la decisión. Asimismo, inspeccionar e informar anualmente sobre el estado de la misma, de acuerdo con la normativa vigente. La decisión entró en vigor el 20 de abril.
El reglamento del Comité Popular Provincial establece claramente que las actividades de gestión, pago por adelantado y pago de los servicios ambientales forestales en la provincia se llevan a cabo de conformidad con el Decreto Nº 156 del Gobierno , aplicable a los sujetos que incluyen las agencias estatales pertinentes; el Fondo Provincial de Protección y Desarrollo Forestal; los propietarios de bosques son las juntas de gestión de los bosques protectores y de uso especial y las comunidades aldeanas, los comités populares a nivel comunal y otras organizaciones designadas por el Estado para gestionar los bosques de conformidad con las disposiciones de la ley.
El dinero se coordina a partir del Fondo de Protección y Desarrollo Forestal de Vietnam y del dinero confiado por los usuarios de los servicios ambientales forestales de la provincia.

En consecuencia, el 10% del monto total asignado para financiar las actividades de gestión del Fondo Provincial de Protección y Desarrollo Forestal, y el 5% del fondo de reserva, se deducen del monto total asignado a los servicios ambientales forestales. El monto restante, una vez deducidos los gastos mencionados, es transferido por el Fondo Provincial de Protección y Desarrollo Forestal a los propietarios forestales y a los Comités Populares de las comunas encargados de la gestión forestal y el pago de los servicios ambientales forestales.
Cada año, la tasa por servicios ambientales forestales se adelanta cuatro veces, y la tasa de anticipo se basa en los ingresos reales hasta el momento del anticipo. En particular, para las cuencas cuyo precio unitario, al momento del anticipo, supere el doble del nivel de apoyo presupuestario estatal para la protección forestal, el anticipo solo alcanzará el 90 % de dicho precio, equivalente al doble del nivel de apoyo presupuestario estatal para la protección forestal. El 10 % restante se pagará una vez determinada la superficie forestal.
Para los propietarios de bosques cuyos ingresos por servicios ambientales forestales en los anticipos anteriores sean demasiado bajos y requieran anticipos adicionales, el Director del Fondo Provincial de Protección y Desarrollo Forestal considerará utilizar una fuente cuyos destinatarios de las tarifas por servicios ambientales forestales no puedan identificarse, una fuente con un precio unitario que sea el doble del nivel de apoyo del presupuesto estatal para los contratos de protección forestal para realizar anticipos a los propietarios de bosques, pero debe asegurarse de que se incluyan los beneficiarios correctos de conformidad con las disposiciones del Decreto Nº 156 del Gobierno.
Español Determinar y pagar el monto del pago por servicio ambiental forestal antes del 31 de marzo de cada año, con base en el monto del pago por servicio ambiental forestal efectivamente recaudado en el año anterior y los resultados de la determinación del área forestal para la cual se realiza el pago por servicio ambiental forestal, el Director del Fondo Provincial de Protección y Desarrollo Forestal determinará el monto del pago al proveedor de servicios ambientales forestales en el año anterior para pagar al proveedor de servicios ambientales forestales.
Además, con base en el monto efectivamente recaudado en el año y en los resultados de la determinación de la superficie forestal cubierta por servicios ambientales forestales, el fondo realizará los pagos a los prestadores de servicios ambientales forestales antes del 30 de abril del año siguiente...
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