
Según el Seguro Social de Vietnam (VSS), el Decreto n.º 67-2025/ND-CP modificó y complementó varios artículos del Decreto n.º 178-2024/ND-CP sobre regímenes y políticas para cuadros, funcionarios, empleados públicos, trabajadores y fuerzas armadas en la organización del aparato organizativo. Es decir, las personas que se jubilan antes de la edad de jubilación establecida en este decreto tienen derecho a pensiones según lo dispuesto en la Ley del Seguro Social, sin que se les deduzca la pensión.
De acuerdo con el inciso 2 del artículo 7 del Decreto No. 178, modificado por el inciso 5 del inciso 6 del artículo 1 del Decreto No. 67, las personas que se jubilen anticipadamente por reestructuración organizacional, si pertenecen a los sujetos de los incisos 1 y 3 del artículo 2 de este Decreto, no tendrán su tasa de pensión deducida, incluso si se jubilan entre 2 y 10 años antes de la edad de jubilación prescrita.
En concreto, a los 3 grupos de sujetos siguientes no se les descontará la pensión si cumplen las condiciones de edad, periodo de cotización al seguro social y características del puesto de trabajo: tener entre 2 y menos de 5 años desde la edad de jubilación, con derecho a pensión de acuerdo con la normativa del seguro social; tener entre más de 5 y menos de 10 años desde la edad de jubilación, con derecho a pensión; tener entre 2 y menos de 5 años desde la edad de jubilación, haber trabajado durante al menos 15 años en un área especialmente difícil o en una ocupación tóxica, ardua o peligrosa.
De acuerdo con el Decreto 67/2025, los cuadros, funcionarios, empleados públicos y personas que trabajan bajo contratos laborales en organismos, organizaciones, unidades y fuerzas armadas por arreglos organizativos y unidades administrativas de todos los niveles que se jubilan anticipadamente, no tendrán deducida su tasa de pensión.
Sin embargo, la tasa de la prestación debe seguir basándose en la Ley de Seguridad Social vigente, es decir, los trabajadores varones reciben una tasa del 45%, correspondiente a 20 años de cotización a la seguridad social, y las trabajadoras, una tasa del 45%, correspondiente a 15 años de cotización. Posteriormente, por cada año adicional de cotización, se calcula un 2% adicional hasta alcanzar el 75%. Por lo tanto, para recibir la pensión máxima del 75%, los trabajadores varones deben haber cotizado 35 años a la seguridad social y las trabajadoras, 30 años.
Por tanto, con las disposiciones del Decreto No. 67 modificado sobre jubilación anticipada, el nivel de pensión mensual en caso de jubilación anticipada de cuadros, funcionarios, empleados públicos y obreros se mantiene en el 45 - 75% del salario medio utilizado como base para las cotizaciones al seguro social.
Por ejemplo, un funcionario público comunal nacido en 1967 (coeficiente salarial 3,46 y 21 años de contribuciones a la seguridad social) tiene una edad oficial de jubilación de 62 años. Si se jubila según el Decreto Nº 67/2025, la tasa de pensión es del 47% debido a 21 años de contribuciones a la seguridad social.
De acuerdo con la Ley de Seguridad Social vigente, dentro de los 20 días siguientes a la recepción del expediente completo del beneficiario de la pensión, la entidad aseguradora liquidará el pago al empleado. Para la liquidación del régimen de pensiones, el funcionario se basará en el expediente enviado por el empleador (incluida la decisión de jubilación del empleado). El plazo para recibir la pensión es el establecido en la decisión de jubilación anticipada.
Fuente: https://baohaiduong.vn/huong-luong-huu-the-nao-neu-nghi-huu-truoc-tuoi-theo-nghi-dinh-178-413447.html
Kommentar (0)