Artículo 70 de la Ley de Tratamiento de Infracciones Administrativas, a partir de la fecha de emisión de la decisión sobre sanción administrativa con constancia, dentro de los 02 días hábiles, la persona competente que emitió la decisión de sanción debe enviarla a la persona u organización sancionada, al organismo que recauda la multa y demás organismos pertinentes (si los hubiera) para su ejecución.
Además, en la Directiva 10/CT-TTg del 19 de abril de 2023, el Primer Ministro también enfatizó: Todos los cuadros y miembros del partido que violen las leyes de tránsito deben ser reportados a sus agencias y unidades para un manejo estricto de acuerdo con las regulaciones del Partido, cada sector, agencia y unidad.
En el proceso de manejo de las infracciones de tránsito, se debe respetar absolutamente la ley, "no hay zonas prohibidas, no hay excepciones", todas las infracciones de tránsito deben manejarse estrictamente de acuerdo con las disposiciones de la ley.
La policía de tránsito tiene derecho a emitir sanciones a agencias, cuadros, miembros del partido y funcionarios que infrinjan las leyes de tránsito. (Foto: Minh Tue)
Está estrictamente prohibido que los funcionarios y miembros del partido interfieran o influyan en el manejo de las infracciones de tránsito por parte de las autoridades; está estrictamente prohibido que las autoridades "suavicen el ambiente" o ignoren el manejo de las infracciones en cualquier forma.
Perseguir, investigar y tratar con severidad, de manera resuelta, los accidentes de tránsito con indicios de delito y los sujetos que se resistan a los agentes del orden público, de conformidad con las disposiciones de la ley.
Por lo tanto, si un miembro de un cuadro o de un partido infringe las normas de tránsito, la policía de tránsito puede enviar la sanción a la agencia para que la gestione según las normas del Partido, de cada sector, agencia y unidad. En el caso de las personas que no son miembros de cuadros, de partidos o funcionarios públicos, la policía de tránsito no suele enviar la sanción al lugar de trabajo del infractor.
De conformidad con el artículo 70 de la Ley de Tratamiento de Infracciones Administrativas, las decisiones sobre sanciones administrativas se entregarán directamente o se enviarán por correo certificado y se notificarán a las personas y organizaciones sancionadas.
Sin embargo, en caso de que la decisión se dicte directamente pero el individuo u organización infractora intencionalmente no reciba la decisión, la persona competente levantará acta de no recepción de la decisión con confirmación de la autoridad local y se considerará que la decisión ha sido dictada.
En caso de envío por correo certificado, si transcurridos 10 días desde la fecha de la resolución sancionadora se produce alguno de los casos siguientes, se entenderá dictada la resolución:
- Enviado por correo por tercera vez pero devuelto porque la persona u organización infractora intencionalmente no lo recibió;
- Fijado en el domicilio del individuo o en la sede de la organización sancionada;
- Hay motivos para creer que el infractor está evitando recibir la decisión de sanción.
BAO HUNG
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