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Circular que regula la publicación y difusión de contenidos informativos extranjeros en la prensa

Việt NamViệt Nam21/04/2024

El 6 de mayo de 2019, el Ministro de Información y Comunicaciones emitió la Circular n.º 03/2019/TT-BTTTT, que regula la publicación y difusión de información extranjera en la prensa. Esta Circular entró en vigor el 21 de junio de 2019. El portal Vietnam.vn presenta respetuosamente el contenido completo de esta Circular:

MINISTERIO DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES -------

REPÚBLICA SOCIALISTA DE VIETNAM Independencia - Libertad - Felicidad ---------------

Número: 03/2019/TT-BTTTT

Hanói , 6 de mayo de 2019

CIRCULAR

REGLAMENTO SOBRE LA PUBLICACIÓN Y DIFUSIÓN DE CONTENIDOS DE INFORMACIÓN EXTRANJERA EN LA PRENSA

Español De conformidad con la Ley de Prensa del 5 de abril de 2016; De conformidad con el Decreto No. 72/2013/ND-CP del 15 de julio de 2013 del Gobierno sobre la gestión, prestación y uso de los servicios de Internet y la información en línea y el Decreto No. 27/2018/ND-CP del 1 de marzo de 2018 del Gobierno que enmienda y complementa una serie de artículos del Decreto No. 72/2013/ND-CP del 15 de julio de 2013 sobre la gestión, prestación y uso de los servicios de Internet y la información en línea; De conformidad con el Decreto No. 72/2015/ND-CP del 7 de septiembre de 2015 del Gobierno sobre la gestión de las actividades de información extranjera; De conformidad con el Decreto No. 09/2017/ND-CP del 9 de febrero de 2017 del Gobierno que detalla la oratoria y el suministro de información a la prensa por parte de las agencias administrativas del Estado; De conformidad con el Decreto Nº 17/2017/ND-CP del Gobierno, de 17 de febrero de 2017, que estipula las funciones, tareas, poderes y estructura organizativa del Ministerio de Información y Comunicaciones; a solicitud del Director del Departamento de Información Externa, el Ministro de Información y Comunicaciones emite una Circular que regula la publicación y difusión de contenido de información externa en la prensa. Capítulo I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Alcance de la regulación La presente Circular regula el contenido de la información extranjera en la prensa; la publicación y difusión de información extranjera en la prensa; los derechos y responsabilidades de las agencias de prensa, y las responsabilidades de las organizaciones e individuos pertinentes en la publicación y difusión de información extranjera en la prensa. Artículo 2. Sujetos de aplicación La presente Circular se aplica a las agencias de prensa, agencias de gestión de prensa; Departamentos de Información y Comunicaciones; organismos, organizaciones y personas relacionadas con las actividades de publicación y difusión de contenidos de información extranjera en la prensa. Artículo 3. Interpretación de términos En esta Circular, los siguientes términos se interpretarán de la siguiente manera: 1. Prensa extranjera significa periódicos impresos, periódicos electrónicos, canales de radio y televisión extranjeros aprobados por el Primer Ministro en los Planes de Prensa Extranjera. 2. Prensa que publica y transmite contenido de información extranjera significa periódicos impresos, periódicos electrónicos, canales de radio y televisión, excluyendo la prensa extranjera especificada en la Cláusula 1 de este Artículo. Artículo 4. Contenido de la información extranjera en la prensa El contenido de la información extranjera en la prensa incluye información oficial sobre Vietnam, información que promueve la imagen de Vietnam, información sobre la situación mundial en Vietnam e información que explica y aclara las regulaciones en Cláusula 1, artículos 7, 8, 9, 10 del Decreto Nº 72/2015/ND-CP de fecha 7 de septiembre de 2015 del Gobierno sobre la gestión de las actividades de información exterior. Artículo 5. Principios para la publicación y difusión de información extranjera en la prensa. 1. Publicar y difundir información que se ajuste a las directrices y políticas del Partido, las políticas y leyes del Estado, y a los intereses del país y del pueblo vietnamita. 2. No publicar ni difundir información que perjudique la posición y la imagen de Vietnam; perjudique las relaciones exteriores y la cooperación internacional entre Vietnam y otros países; incite a la violencia, propague guerras de agresión y provoque odio entre naciones y pueblos de otros países. Capítulo II

REQUISITOS PARA LA PUBLICACIÓN Y DIFUSIÓN DE CONTENIDOS DE INFORMACIÓN EXTRANJERA EN LA PRENSA

Artículo 6. Con respecto a la prensa extranjera 1. Con respecto a la información sobre asuntos importantes de Vietnam y el mundo: Después de recibir los puntos de vista del Estado vietnamita proporcionados por las autoridades competentes, la publicación y transmisión se realizará de la siguiente manera: a) Lugar de publicación y transmisión: Portada para periódicos impresos; página de inicio para periódicos electrónicos; boletín de noticias para canales de radio y televisión extranjeros; b) Hora de publicación y transmisión: A más tardar 02 horas para periódicos electrónicos; 05 horas para periódicos electrónicos que deben traducirse; 24 horas para periódicos impresos; transmisión en el siguiente boletín de noticias para canales de radio y televisión extranjeros. 2. Con respecto a la información explicativa y aclaratoria: Publicar y transmitir en un lugar de fácil acceso, lo antes posible. 3. Con respecto a otros contenidos de información extranjera especificados en Artículo 4 de esta Circular: Publicación y transmisión en el mismo horario del día. 4. Idiomas expresados ​​en vietnamita y lenguas extranjeras: a) Aumentar el número de noticias, artículos y programas producidos en lenguas extranjeras (sin pasar por el proceso de traducción) que se publicarán y transmitirán en la prensa; b) Aumentar proactivamente el número de idiomas expresados ​​en lenguas extranjeras para atender a las audiencias de información extranjera en diferentes países, centrándose en el desarrollo de idiomas en áreas clave de información extranjera en cada período. Artículo 7. Para la prensa que publica y transmite contenido de información extranjera Al publicar y transmitir contenido de información extranjera, se alienta a: 1. Publicar y transmitir con prontitud, en lugares de fácil acceso. 2. Publicar y transmitir información sobre las opiniones del Estado vietnamita sobre asuntos nacionales e internacionales lo antes posible o a solicitud de los organismos estatales competentes. 3. Publicar y transmitir noticias, artículos y programas con contenido de información extranjera en idiomas extranjeros o con subtítulos en idiomas extranjeros para promover la eficacia de la información extranjera. 4. Estaciones de radio y televisión locales: a) Organizar la retransmisión de contenido de información extranjera que se haya emitido en la radio y televisión nacionales con base en acuerdos entre agencias de prensa sobre la necesidad de publicación y transmisión; b) Proporcionar contenido de información local para su publicación y transmisión en la prensa extranjera para promover la imagen local al mundo. Capítulo III

DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DE LAS UNIDADES RELACIONADAS

Artículo 8. Derechos y responsabilidades de la prensa extranjera 1. Derechos de la prensa extranjera: a) Recibir prioridad del Estado para ordenar la publicación y difusión de contenido de información extranjera en la prensa; b) Recibir condiciones favorables del Estado para publicar y difundir contenido de información extranjera en la prensa vietnamita y en medios de comunicación extranjeros. 2. Responsabilidades de la prensa extranjera: a) Establecer páginas especiales, columnas (para periódicos impresos, periódicos electrónicos), grupos de programas, temas (para canales de radio y televisión) sobre contenido de información extranjera; b) Asegurar que haya reporteros y editores para monitorear la información extranjera; c) Coordinar y compartir noticias, artículos y programas invertidos por el Estado con agencias de prensa, organizaciones y medios de comunicación nacionales e internacionales; d) Publicar y difundir proactivamente noticias, artículos y programas de radio y televisión que promuevan la imagen de Vietnam en medios de comunicación extranjeros y periódicos de vietnamitas en el extranjero; d) Incentivar la selección de noticias, artículos, programas de radio y televisión sobre información extranjera para su publicación y difusión en las redes sociales, garantizando los derechos de propiedad intelectual y los principios de gestión, suministro y uso de información en la red de acuerdo con las disposiciones de la ley; e) Resumir, proponer recompensas, informar sobre los resultados de la implementación de contenidos de información extranjera en la prensa, enviar al Ministerio de Información y Comunicaciones antes del 30 de noviembre de cada año o cuando se le solicite (de acuerdo con el formulario prescrito en Apéndice emitido junto con esta Circular). Artículo 9. Derechos y responsabilidades de la prensa en la publicación y difusión de contenido de información extranjera 1. Derechos de la prensa en la publicación y difusión de contenido de información extranjera: a) Ser ordenado por el Estado para publicar y difundir contenido de información extranjera en la prensa; b) Ser facilitado por el Estado para publicar y difundir contenido de información extranjera en la prensa vietnamita. 2. Responsabilidades de la prensa en la publicación y difusión de contenido de información extranjera: a) Proporcionar información positiva sobre el país y el pueblo de Vietnam en todos los campos; b) Fomentar la apertura de páginas especiales, columnas y temas para mejorar la eficacia de la información extranjera y proteger la soberanía del mar, las islas, las fronteras y los territorios nacionales; c) Asignar reporteros y editores para monitorear la información extranjera; d) Organizar resúmenes, proponer recompensas e informar sobre los resultados de la publicación de contenido de información extranjera en la prensa cuando se solicite. Artículo 10. Responsabilidades de las agencias de gestión de prensa 1. Dirigir y promover a las agencias de prensa para que publiquen y transmitan contenido de información extranjera en la prensa de acuerdo con las disposiciones de esta Circular. 2. Brindar apoyo financiero (si lo hubiera) a la prensa para que publique y transmita contenido de información extranjera. Artículo 11. Responsabilidades del Departamento de Información y Comunicaciones 1. Dirigir e inspeccionar la publicación y difusión de información extranjera en los periódicos locales. 2. Resumir e informar al Ministerio de Información y Comunicaciones, cuando este lo solicite, sobre los resultados de la aplicación de las disposiciones de la presente Circular. Artículo 12. Responsabilidades de las unidades bajo el Ministerio de Información y Comunicaciones 1. El Departamento de Información Externa es responsable de: a) Supervisar la implementación de las disposiciones de esta Circular; presidir y coordinar con las unidades bajo el Ministerio de Información y Comunicaciones para inspeccionar la implementación de las disposiciones de esta Circular; sintetizar los resultados e informar al Ministro de Información y Comunicaciones; b) Evaluar la efectividad de la publicación y transmisión de contenido de información extranjera de las agencias de prensa; c) Brindar información, organizar capacitación y fomentar las habilidades profesionales en información extranjera; d) Coordinar con las agencias relevantes para desarrollar mecanismos y políticas para apoyar el desarrollo de la prensa extranjera. 2. El Departamento de Prensa es responsable de coordinar y supervisar la implementación de las disposiciones de esta Circular para las agencias de prensa impresa y electrónica. 3. El Departamento de Radio, Televisión e Información Electrónica es responsable de coordinar y supervisar la implementación de las disposiciones de esta Circular para las estaciones de radio y televisión. Capítulo IV

CONDICIONES DE IMPLEMENTACIÓN

Artículo 13. Responsabilidad de la implementación El Jefe de Oficina, el Director del Departamento de Información Exterior, los jefes de los organismos y unidades pertinentes bajo el Ministerio de Información y Comunicaciones; el Director del Departamento de Información y Comunicaciones, los líderes de las agencias de prensa y los organismos, organizaciones e individuos pertinentes son responsables de la implementación de esta Circular. Artículo 14. Fecha de entrada en vigor 1. La presente Circular entra en vigor a partir del 21 de junio de 2019. 2. Durante el proceso de implementación, si existen problemas que requieran enmiendas o complementos, los organismos, organizaciones e individuos deberán informar de inmediato al Ministerio de Información y Comunicaciones para su consideración y ajuste./.
Destinatarios: - Primer Ministro y Viceprimeros Ministros; - Oficina de la Asamblea Nacional; - Oficina Central y Comités del Partido; - Oficina del Secretario General; - Oficina del Presidente; - Oficina del Gobierno; - Comité Directivo para el Trabajo de Información y Comunicaciones; - Ministerios, agencias a nivel ministerial, agencias bajo el Gobierno; - Comités Populares de provincias y ciudades administradas centralmente; - Departamentos de Información y Comunicaciones de provincias y ciudades administradas centralmente; - Agencias de prensa; Gerentes de prensa; - Departamento de Inspección de Documentos Legales (Ministerio de Justicia); - Diario Oficial; - Sitio web del gobierno; - Sitio web del Ministerio de Información y Comunicaciones; - Ministerio de Información y Comunicaciones: Ministro y Viceministros; organismos y unidades dependientes del Ministerio; - Guardar: VT, TTĐN.(350).

MINISTRO

Nguyen Manh Hung

APÉNDICE

(Emitida mediante Circular No. 03/2019/TT-BTTTT de fecha 6 de mayo de 2019 del Ministerio de Información y Comunicaciones)

NOMBRE DE LA AGENCIA DE PRENSA -------

REPÚBLICA SOCIALISTA DE VIETNAM Independencia - Libertad - Felicidad ---------------

Número: …/….

…, fecha … mes … año 2019

INFORME RESUMIDO

La implementación de la publicación y difusión de contenidos de información extranjera en la prensa escrita en el año...

I. ESTADO DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONTENIDO DE INFORMACIÓN EXTRANJERA EN LA PRENSA 1. Resultados alcanzados - Información oficial sobre Vietnam; - Información que promueva la imagen de Vietnam; - Información sobre la situación mundial en Vietnam; - Información explicativa y aclaratoria; (En la que se indique claramente: número de noticias, artículos, programas/año; número de páginas especiales, columnas especiales). 2. Dificultades, limitaciones 3. Causas II. ESTADO DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA PUBLICACIÓN Y TRANSMISIÓN DE CONTENIDO DE INFORMACIÓN EXTRANJERA EN LA PRENSA 1. Resultados alcanzados 2. Dificultades, limitaciones 3. Causas III. PROPUESTAS Y RECOMENDACIONES 1. Proponer soluciones para aumentar la eficacia de la información extranjera en la prensa; soluciones para minimizar los errores en la prensa, garantizando que no dañen la imagen nacional; no afecten a las relaciones exteriores y la cooperación internacional entre Vietnam y otros países. 2. Proponer el desarrollo, la modificación y la complementación de corredores legales, mecanismos y políticas para que el Estado facilite y promueva que la prensa vietnamita publique y difunda eficazmente contenidos de información extranjera.
Destinatario: - …………….; - …………….; - Expediente: VT, ….

AUTORIDAD Y CARGO DEL FIRMANTE (Firma, sello)


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