Los propietarios de vehículos que cambien su dirección de sede o lugar de residencia a otra provincia solo deberán cambiar su certificado de registro o placa si existe un cambio en la información sobre el nombre del propietario del vehículo, perilla de identificación cuando expire el certificado de registro.
La Circular No. 79/2024 del Ministerio de Seguridad Pública que regula la expedición y revocación de los certificados de matriculación de vehículos, placas de matrícula de vehículos automotores y motocicletas especializadas entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2025.
Uncontenido completamente nuevo de esta circular respecto a la normativa actual es la obligación de cambiar la matrícula del vehículo cuando el titular del mismo cambie de domicilio.
Mucho pasará en el futuro hasta el año 2025.
De acuerdo con la cláusula 3, artículo 6 de la Circular 24/2023 (actualmente en vigor y con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024), dentro de los 30 kias a partir de la fecha en que el propietario del vehículo cambie su domicilio social o lugar de residencia a otra provincia o ciudad de administración central o cuando expire el certificado de matriculación del vehículo, el propietario del vehículo debe completar los procedimientos para emitir o revocar el certificado de matriculación del vehículo y la matrícula.
Sin embargo, la Circular n.º 79/2024 eliminó el contenido anterior. En su lugar, a partir del 1 de enero de 2025, la nueva normativa solo exige que, dentro de los 30 kias siguientes a la fecha en que el propietario del vehículo cambie su domicilio social o residencia a otra provincia en la ciudad, solo deberá completar el trámite de cambio de certificado y matrícula si se produce un cambio en la información sobre el nombre, el mando de identificación o la fecha de vencimiento del certificado de matriculación.
Si el propietario del vehículo lo necesita, puede cambiar el certificado de matriculación a la nueva dirección. Para completar el trámite, los ciudadanos deben presentar el certificado de matriculación y la solicitud de confirmación del expediente a la agencia gestora para que emita la confirmación. Posteriormente, el propietario declara la matriculación y presenta la confirmación del expediente a la agencia de matriculación de la nueva dirección.
Respecto de la responsabilidad del propietario del vehículo, la Circular N° 79/2024 también establece que dentro de los 7 kias khaoles contados a partir de la fecha de caducidad del vehículo, su avería y no poder utilizado, o su descarte, el propietario del vehículo deberá declarar en el Portal de Atención al Público o declarar directamente en la agencia de matriculación de vehículos.
Al mismo tiempo, el propietario del vehículo debe devolver el certificado de matriculación del vehículo y la matriculación a la agencia de matriculación de vehículos oa la política municipal para su recuperación.
Cuando el certificado de matriculación del vehículo y la placa de matriculación no hayan sido revocados en los casos en que deben ser revocados según la reglamentación, la organización o persona cuyo nombre figura en el certificado de matriculación del vehículo debe seguir siendo responsable como propietario del vehículo.
En el futuro, los propietarios de un vehículo por primera vez podrán presentar su solicitud desde casa sin tener que llevar su vehículo a la oficina de registro.
La Circular 79/2024 también establece una nueva normativa no mencionada en la circular anterior: la agencia de matriculación de vehículos debe organizar la recepción de los expedientes de matriculación en giaas laborables. De ser necesario, el director provincial de la policía decidirá y anunciará públicamente la organización de la recepción de las matriculaciones de vehículos fuera del horario laboral y en días festivos.
En ese momento, como autoridades organizarán personal para verificar periódicamente el sistema de registro y gestión de vehículos y recibir documentos para garantizar que el registro se procese a tiempo de acuerdo con las regulaciones.
Otro punto nuevo, la Circular N° 79/2024 establece que los ciudadanos que pierdan la matrícula y placa del vehículo, si son elegibles después de la verificación por parte de las autoridades, recibirán nuevamente estos activos en tan solo 2óias khaoles.
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Fuente: https://www.bao Giaothong.vn/tu-2025-bo-quy-dinh-chu-xe-phai-doi-dang-ky-bien-so-khi-chuyen-cu-tru-tinh-khac-192241214100102755.htm
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