Modificación de los procedimientos de concesión de licencias para la investigación y la recopilación de patrimonio cultural inmaterial
En particular, el Decreto Nº 31/2024/ND-CP modifica y complementa una serie de artículos del Decreto Nº 01/2012/ND-CP de fecha 4 de enero de 2012 del Gobierno por el que se modifica, complementa, sustituye o deroga, cancela reglamentos relacionados con los procedimientos administrativos bajo la función de gestión del Ministerio de Cultura, Deportes y Turismo.

En concreto, el Decreto Nº 31/2024/ND-CP modifica y complementa el punto a, cláusula 3, artículo 2 del Decreto Nº 01/2012/ND-CP sobre procedimientos de licencia para la investigación y colección del patrimonio cultural inmaterial de la siguiente manera:
Los vietnamitas residentes en el extranjero, las organizaciones y particulares extranjeros que soliciten investigación y recopilación deberán presentar directamente o enviar por correo postal o electrónico un conjunto de documentos, incluyendo: Solicitud (Apéndice I) con Proyecto (Apéndice II) que indique claramente el propósito, la ubicación, la duración y los socios vietnamitas que participan en la investigación y recopilación del patrimonio cultural inmaterial, al Director del Departamento de Cultura, Deportes y Turismo / Director del Departamento de Cultura y Deportes. En caso de que el área de investigación y recopilación cubra dos o más provincias o ciudades administradas centralmente, presentar directamente o enviar por correo postal o electrónico un conjunto de documentos al Ministro de Cultura, Deportes y Turismo;
En un plazo de 15 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la solicitud, en el caso del Ministro de Cultura, Deportes y Turismo, y de 10 días hábiles para el Director del Departamento de Cultura, Deportes y Turismo/Director del Departamento de Cultura y Deportes, los responsables de los organismos mencionados son responsables de considerar la expedición de la licencia. En caso de denegación, las razones deberán justificarse claramente por escrito.
Modificación del procedimiento para la concesión de certificados de ejercicio a los propietarios de comercios de compraventa de reliquias, antigüedades y tesoros nacionales
Además, el Decreto No. 31/2024/ND-CP también modifica y complementa el Punto d, Cláusula 3, Artículo 2 del Decreto No. 01/2012/ND-CP sobre procedimientos para otorgar certificados de práctica a propietarios de tiendas de compra y venta de reliquias, antigüedades y tesoros nacionales de la siguiente manera:
El propietario del comercio deberá presentar directamente o por correo postal o electrónicamente 01 juego de documentos solicitando un certificado de práctica en compra y venta de reliquias, antigüedades y tesoros nacionales al Director del Departamento de Cultura, Deportes y Turismo/Director del Departamento de Cultura y Deportes.
La solicitud de certificado de práctica en compraventa de reliquias, antigüedades y tesoros nacionales incluye: Solicitud de certificado (Apéndice IV); Copias legales de las cualificaciones profesionales pertinentes.
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