El viceprimer ministro Tran Hong Ha. (Foto: VNA) |
El viceprimer ministro Tran Hong Ha destacó que la tierra y su gestión son áreas extensas, importantes y complejas, relacionadas con todos los aspectos de la vida económica, política , cultural, de seguridad nacional y de defensa, y que son de interés público. Añadió que la finalización de las políticas y leyes de tierras siempre ha recibido especial atención de los líderes del Partido y del Estado. Hasta la fecha, la Ley de Tierras (enmendada) ha sido aprobada por la Asamblea Nacional en su 5.º periodo extraordinario de sesiones con un alto índice de aprobación, lo que constituye el evento legal central del período.
En la reunión, el viceprimer ministro afirmó que el próximo tema es cómo implementar efectivamente los mecanismos y políticas de la Ley, hacer de la tierra un recurso verdaderamente importante, promover la comercialización de la tierra, contribuir al desarrollo socioeconómico del país, garantizar la defensa y seguridad nacional...
El Viceprimer Ministro enfatizó que la elaboración de documentos guía es la máxima prioridad del plan para implementar la Ley de Tierras (enmendada). En ese sentido, solicitó al Ministerio de Recursos Naturales y Medio Ambiente que, en coordinación con el Ministerio de Justicia, revisara y presentara al Primer Ministro un plan para emitir documentos guía para implementar la Ley de Tierras (enmendada): un decreto general que guíe las disposiciones y cláusulas generales; áreas especializadas (gestión de arrozales; recaudación de tasas por uso de la tierra; valoración de tierras; recuperación, compensación, reasentamiento; investigación básica de datos de tierras, etc.); terrenos para infraestructura de transporte, áreas urbanas, energía, industria, etc.
Junto con ello está el proyecto de comunicar políticas, difundir y propagar la Ley, y lograr que las disposiciones y reglamentos de la Ley de Tierras (enmendada) se implementen y apliquen efectivamente en la práctica.
El Viceprimer Ministro solicitó asignar responsabilidades específicas a los ministerios, las ramas y las localidades para desarrollar, perfeccionar y promulgar los documentos que rigen la Ley de Tierras (enmendada) bajo su autoridad, garantizando una eficacia simultánea, sincronizada y unificada; revisar cuidadosamente los artículos y cláusulas de la Ley de Tierras (enmendada) que otorgan autoridad al Gobierno, al Primer Ministro y a los ministros de los ministerios para prescribir y guiar su implementación, y coordinar la elaboración de un decreto rector general y una serie de decretos específicos con especialización. La intención general es que el número de decretos sea mínimo, implementando y aplicando la Ley de manera científica y rigurosa.
Los Decretos y Circulares que proporcionen orientación detallada deben emitirse antes de la fecha de vigencia de las disposiciones de la Ley, que son el 1 de abril de 2024 y el 1 de enero de 2025, para dar tiempo para la capacitación, difusión y perfeccionamiento de la organización de implementación.
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