Los diputados de la Asamblea Nacional votaron a favor de aprobar una resolución para poner a prueba la capacidad de la Procuraduría Popular para iniciar demandas civiles con el fin de proteger los derechos civiles de grupos vulnerables o proteger intereses públicos.
Resolución sobre el pilotaje de la Procuraduría Popular en el inicio de demandas civiles para proteger los derechos civiles de grupos vulnerables o para proteger intereses públicos 4 Capítulos, 19 Artículos.
La Resolución estipula la facultad de la Procuraduría Popular para iniciar demandas civiles para proteger los derechos civiles de grupos vulnerables o para proteger intereses públicos cuando no hay nadie para iniciar una demanda (causas civiles de interés público).
Al mismo tiempo, se aplica a la Procuraduría Popular, al Tribunal Popular, a los organismos, organizaciones y personas que participan en la iniciación de demandas y la resolución de casos civiles de interés público.
En principio, la iniciación y solución de las demandas civiles de interés público se realizará de conformidad con esta Resolución; en los casos en que esta Resolución no lo prevea, se aplicarán las disposiciones del Código de Procedimiento Civil y demás disposiciones legales pertinentes.
La Procuraduría sólo iniciará una demanda cuando haya notificado y recomendado que los organismos, organizaciones e individuos ejerzan sus derechos y responsabilidades para iniciar una demanda conforme a lo dispuesto en la ley, pero nadie inicia una demanda.
Los procesos civiles de interés público iniciados por la Procuraduría para proteger intereses públicos no pueden ser mediados y el demandado no puede presentar una reconvención.
Los organismos, organizaciones y personas pertinentes son responsables de coordinarse con la Procuraduría y el Tribunal cuando estos últimos desempeñen las tareas y poderes prescritos en esta Resolución y otras disposiciones legales pertinentes.
En caso de que la Procuraduría inicie una demanda, es decir, a través de la recepción de información de las fuentes especificadas en las Cláusulas 1, 2 y 4, Artículo 10 de esta Resolución, la Procuraduría realiza una inspección, verificación y determina que existe una violación que causa daño a los derechos civiles de los sujetos en grupos vulnerables o intereses públicos, después de notificar a los sujetos pertinentes, hacer recomendaciones a los organismos, organizaciones e individuos con derecho y responsabilidad de iniciar una demanda de acuerdo a lo dispuesto en la Cláusula 2, Artículo 13 de esta Resolución pero no hay nadie para iniciar una demanda, la Procuraduría inicia una demanda.
En el proceso de resolución de un caso o incidente, si la Procuraduría descubre una violación que cause daño a los derechos civiles de un sujeto vulnerable o al interés público, pero no puede resolverla en el mismo caso o incidente, después de notificar al sujeto relevante y hacer recomendaciones a la agencia, organización o individuo con el derecho y responsabilidad de iniciar una demanda según lo prescrito en la Cláusula 2, Artículo 13 de esta Resolución, pero no hay nadie para iniciar una demanda, la Procuraduría iniciará una demanda...
Previamente, al presentar un informe sobre la recepción, explicación y revisión del proyecto de Resolución, el Presidente de la Fiscalía Suprema Popular, Nguyen Huy Tien, indicó que, en cuanto al alcance de la regulación y los sujetos de aplicación, acogiendo las opiniones del Comité Permanente de la Asamblea Nacional, se añadieron las disposiciones sobre la protección de los intereses públicos en relación con el patrimonio cultural. El alcance de la regulación del proyecto de Resolución se detalló en el proyecto presentado al Politburó y, durante su elaboración, se coordinó con los organismos y organizaciones pertinentes.
Respecto a cuestiones específicas, la Procuraduría Popular Suprema seguirá coordinando estrechamente con el Tribunal Popular Supremo y las agencias y organizaciones pertinentes para investigar y proporcionar regulaciones detalladas en la Circular Conjunta que guía la Resolución para asegurar la implementación adecuada del espíritu legislativo actual.
En cuanto a los principios de ejecución y los casos en que el Ministerio Público inicia una acción judicial, de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil (artículo 187), la protección de los intereses públicos y de los derechos civiles de los sujetos vulnerables mediante el inicio de acciones judiciales civiles es responsabilidad de los organismos, organizaciones y particulares.
Sin embargo, en la práctica, organismos, organizaciones e individuos no lo han implementado eficazmente, lo que ha llevado a que no se protejan los intereses del Estado, los intereses públicos ni los derechos e intereses legítimos de los grupos vulnerables; son muy pocas las demandas interpuestas por estos organismos. Por lo tanto, la Procuraduría Popular ha informado y la autoridad competente le ha permitido pilotar el mecanismo: la Procuraduría Popular interpone una demanda civil en caso de violaciones que perjudiquen los derechos civiles de personas pertenecientes a grupos vulnerables o los intereses públicos.
Al mismo tiempo, de acuerdo con el principio: La Procuraduría sólo inicia una demanda cuando ha notificado y recomendado que los organismos, organizaciones e individuos ejerzan sus derechos y responsabilidades para iniciar una demanda de conformidad con las disposiciones de la ley, pero no hay nadie para iniciar una demanda (artículo 2 del Proyecto de Resolución).
La Procuraduría inicia la acción civil de interés público para proteger los derechos civiles de los sujetos vulnerables cuando la persona cuyos derechos civiles son violados o su representante legal no pueden iniciar una acción por sí mismos y solicitan a la Procuraduría que inicie una acción; en los casos en que haya fundamento para determinar que su falta de solicitud se debe a engaño, amenazas, coacción o confusión, la Procuraduría considerará y decidirá sobre la iniciación de una acción (artículo 14 del proyecto de Resolución).
El mecanismo de la Procuraduría Popular para interponer demandas civiles y de interés público no se solapa ni contradice con los mecanismos de tramitación penal y administrativa; la interposición de demandas civiles y de interés público no excluye ni elimina la tramitación administrativa ni la penal si existen fundamentos. La tramitación penal o administrativa (si la hubiere) por infracciones debe considerarse y tramitarse conforme a la ley. En los casos en que surja responsabilidad por daños y perjuicios y se haya resuelto completamente en ese caso o incidente penal o administrativo, la Procuraduría Popular no interpondrá demanda alguna.
El mecanismo de la Procuraduría Popular para iniciar demandas civiles de interés público tiene como finalidad proteger los derechos civiles de grupos vulnerables o proteger los intereses públicos cuando no hay nadie que inicie una demanda...
Nguyen Hoang
Fuente: https://baochinhphu.vn/quoc-hoi-thong-qua-nghi-quyet-ve-thi-diem-vien-kiem-sat-nhan-dan-khoi-kien-vu-an-dan-su-102250624153433102.htm
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